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¿Cuáles son las justas causas para terminar un contrato laboral con una empleada doméstica?

Symplifica • 5 de mayo de 2022
relación laboral

Cuando tenemos una empleada que trabaja en nuestra casa o finca de descanso  y queremos terminar la relación laboral, es cuando tal vez empiezan a salir más dudas, esto , sin importar si trabaja por días, interna o tiempo completo…


¿Hay que pagar indemnización? ¿Cómo se liquida?  y de aquí para adelante.


Todas estas preguntas empiezan a tener solución una vez identificamos la causa por la cual se termina la relación laboral. Es por eso que en este artículo queremos despejar todas las dudas alrededor de este tema. 


Primero, empezamos por definir ¿Por qué razones puede terminar una relación de trabajo? 


1. Por decisión de empleador (Puede ser con o sin justa causa)

2. Por acuerdo entre la trabajadora y el empleador 

3. Renuncia de la empleada 

4. Expiración de un contrato a término fijo 


¿Si decido despedir a mi empleada, cómo puedo saber si el motivo es considerado como justa causa? 


Solemos pensar que un llamado de atención, una actitud que no nos gustó o una respuesta que nos pareció inadecuada o simplemente que no queremos trabajar más con la empleada son causas justas para terminar una relación laboral, pero ¿Qué dice la ley? 


Las  diferentes causas que la ley considera para dar por terminado el contrato de trabajo como justas causas están enumeradas en el artículo 62 del CST:


1. El haber sufrido engaño por parte del trabajador, mediante la presentación de certificados falsos para su admisión o tendientes a obtener un provecho indebido.


2. Todo acto de violencia, injuria, malos tratamientos o grave indisciplina en que incurra el trabajador en sus labores, contra el empleador}, los miembros de su familia, el personal directivo o los compañeros de trabajo.


3. Todo acto grave de violencia, injuria o malos tratamientos en que incurra el trabajador fuera del servicio, en contra del empleador}, de los miembros de su familia o de sus representantes y socios, jefes de taller, vigilantes o celadores.


4. Todo daño material causado intencionalmente a los edificios, obras, maquinarias y materias primas, instrumentos y demás objetos relacionados con el trabajo, y toda grave negligencia que ponga en peligro la seguridad de las personas o de las cosas.


5. Todo acto inmoral o delictuoso que el trabajador cometa en el taller, establecimiento o lugar de trabajo o en el desempeño de sus labores.


6. Cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones especiales que incumben al trabajador de acuerdo con los artículos 58 y 60 del Código Sustantivo del Trabajo, o cualquier falta grave calificada como tal en pactos o convenciones colectivas, fallos arbitrales, contratos individuales o reglamentos.


7. La detención preventiva del trabajador por más de treinta (30) días, a menos que posteriormente sea absuelto; o el arresto correccional que exceda de ocho (8) días, o aún por tiempo menor, cuando la causa de la sanción sea suficiente por sí misma para justificar la extinción del contrato.


8. El que el trabajador revele secretos técnicos o comerciales o dé a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa.


9. El deficiente rendimiento en el trabajo en relación con la capacidad del trabajador y con el rendimiento promedio en labores análogas, cuando no se corrija en un plazo razonable a pesar del requerimiento del empleador}.


10. La sistemática inejecución, sin razones válidas, por parte del trabajador, de las obligaciones convencionales o legales.


11. Todo vicio del trabajador que perturbe la disciplina del establecimiento.


12. La renuencia sistemática del trabajador a aceptar las medidas preventivas, profilácticas o curativas, prescritas por el médico del empleador o por las autoridades para evitar enfermedades o accidentes.


13. La ineptitud del trabajador para realizar la labor encomendada. 


14. El reconocimiento al trabajador de la pensión de la jubilación o invalidez estando al servicio de la empresa.

15. La enfermedad contagiosa o crónica del trabajador, que no tenga carácter de profesional, así como cualquiera otra enfermedad o lesión que lo incapacite para el trabajo, cuya curación no haya sido posible durante ciento ochenta (180) días. El despido por esta causa no podrá efectuarse sino al vencimiento de dicho lapso y no exime al empleador} de las prestaciones e indemnizaciones legales y convencionales derivadas de la enfermedad.


¿En caso de que el motivo de la terminación de una relación laboral se encuentre en la lista, qué debo hacer? 



1. Es recomendable que el empleador agote el  "DEBIDO PROCESO" para ello debe citar a descargos a la trabajadora

2. Adelantar el proceso de descargos en el que la trabajadora podrá conocer la razón por la cual está siendo citada y podrá ser escuchada.

3. Documentar el proceso a través de un acta de descargos

4. Dar un término para que el trabajador presente pruebas

5. Finalmente, revisar y notificar la decisión tomada según las manifestaciones. 


IMPORTANTE: Tu como empleador, debes contar con pruebas y acudir a las entidades competentes en los casos en los que aplique una denuncia penal. 


En este caso, al existir una justa causa, no debes pagar indemnización, únicamente deberás liquidar las prestaciones sociales (primas, vacaciones, cesantías y sus intereses) pendientes por pagar. 


Pero… ¿Qué pasa si el despido es SIN justa causa?


Desde Symplifica, queremos que entiendas muy bien qué pasa en este caso, aquí debes tomar en cuenta que según el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo se indica que los requisitos para terminar un contrato laboral cuando no se tiene una justa causa son los siguientes:


Pago de indemnización:


El pago se realiza como un concepto aparte dentro de la liquidación, el monto va a depender directamente del salario del trabajador asi como del tipo de contrato laboral. 


Contratos a término indefinido:

Treinta días de salario por el primer año de servicio, o cuando el trabajador tenga menos de un año de trabajo. 


Por ejemplo, si gana SMLMV 1.300.000, el día de trabajo equivale a $43.333.


La indemnización equivale a 43.333 x 30 = $1.300.000


  • Si lleva más de un año vinculado, por cada año adicional al primero se le pagan 20 días de salario y proporcionalmente cuando hay una fracción inferior a un año.


Por ejemplo: Si gana $1.500.000, el salario diario equivale a 50.000.


Suponiendo que el trabajador llevaba 2 años de servicio, la indemnización por despido sin justa 

causa equivale a:


1. Por el primer año son 30 días de salario --> 50.000 * 30 = $1.500.000

2. Por el año subsiguiente son 20 días de salario --> 50.000 * 20 = $ 1.000.000


Total indemnización: $2.500.000


Contratos a término fijo:


Se deberá remunerar el valor de los salarios correspondientes al tiempo que falta para cumplir el plazo estipulado del contrato.


Por ejemplo: Tienes un contrato por un año y decides despedir a tu empleado a los 4 meses, la indemnización serán los meses que hacen falta para completar la vigencia del contrato, o sea 8 meses. 


* Sin importar el tipo de contrato, el empleador debe cumplir con el pago de liquidación correspondiente a las prestaciones sociales.


Por último, queremos resolver una de las dudas más frecuentes: ¿La liquidación e indemnización es lo mismo?


NO, la liquidación se otorga cuando termina la relación entre el empleador y la trabajadora, en ella se deben pagar los montos pendientes de prestaciones sociales y los salarios causados que aún no han sido remunerados. 


Toma en cuenta que la liquidación también incluye el pago de las vacaciones pendientes por disfrutar.


La indemnización, en cambio, se paga, cuando es un despido injustificado, es decir, cuando se termina el contrato de trabajo sin justa causa, tal como lo mencionamos al principio de este artículo.


Esperamos que la información que te compartimos sea realmente valiosa para ti y que te ayude a conocer los pasos a seguir en caso de que te encuentres en una de las situaciones expuestas. 


Si necesitas asesoría para llevar correctamente la gestión de tus trabajadores del hogar, visita symplifica.com 



19 de noviembre de 2024
¿Cómo contratar empleados temporales de fin de año? En Colombia, la temporada de fin de año es una de las épocas más activas para muchos negocios. A medida que aumentan las ventas y la demanda, contratar empleados temporales se convierte en una solución ideal para poder ofrecer un mejor servicio. Aquí te contamos lo que debes saber sobre la contratación temporal para la época de diciembre, desde los requisitos legales hasta las mejores prácticas. 1. Contratación temporal: ¿Qué dice la ley? Definición del contrato temporal El contrato temporal es un acuerdo de trabajo por un período específico, lo que permite a los empleadores cubrir demandas de temporada. Según la legislación colombiana, el contrato debe detallar la duración de la relación laboral, que en el caso de fin de año generalmente abarca entre noviembre y enero. Tipos de contrato temporal Existen varias modalidades que puedes utilizar: contrato a término fijo, contrato por obra o labor, o contrato por días (para quienes solo trabajan ciertos días de la semana). Cualquiera de estas modalidades es válida siempre que el contrato sea claro en cuanto a las condiciones y la duración. 2. Afiliación a la seguridad social La ley en Colombia exige que todos los empleados, incluidos los temporales, estén afiliados a la seguridad social. Esto cubre salud, pensión, y riesgos laborales. En el caso de un empleado que trabaje solo algunos días a la semana, los pagos deben realizarse de acuerdo con el tiempo trabajado. Symplifica.biz facilita este proceso para que realices las afiliaciones y pagos sin contratiempos, asegurándote de que estás cumpliendo con la ley. Te puede interesar: ¿Puedo contratar un empleado por horas? 3. Pagos y derechos de los empleados temporales Salario El salario para los empleados temporales debe ser al menos el salario mínimo legal vigente (o más, dependiendo de sus funciones y responsabilidades). Es importante que esté especificado en el contrato, y que se cumplan los pagos acordados. Horas extra y recargos Si tus empleados trabajan en horarios nocturnos o en días festivos, como los domingos, la ley establece recargos adicionales. Para los empleados temporales, estas condiciones aplican igual que para un trabajador permanente. Esto incluye el pago de horas extras, recargo nocturno (si aplica), y el pago dominical o festivo, que debe hacerse de acuerdo con el número de horas laboradas. 4. Prestaciones sociales y liquidación Aunque los empleados temporales solo trabajen unos pocos meses, tienen derecho a prestaciones como prima, cesantías, e intereses sobre las cesantías, así como a vacaciones proporcionales. Cuando termina su contrato, deberás hacer una liquidación que incluya estos pagos y cualquier compensación correspondiente al tiempo trabajado. Te puede interesar: ¿Cómo puedo contratar a un menor de edad? 5. Cómo facilitar el proceso con Symplifica.biz Symplifica.biz te ayuda a manejar la nómina de tus empleados temporales sin complicaciones. Desde la afiliación a la seguridad social hasta la generación de liquidaciones, nuestra plataforma es tu aliada para gestionar cada aspecto de la relación laboral, permitiéndote concentrarte en lo que más importa: el éxito de tu negocio en esta temporada. Contratar empleados temporales para la temporada de fin de año es una excelente manera de cubrir la alta demanda de clientes. Asegúrate de cumplir con todos los requisitos legales para evitar sanciones y garantizar que tus empleados trabajen en condiciones óptimas. Con Symplifica.biz , puedes gestionar la nómina y cumplir con tus obligaciones de manera ágil y segura. ¡Prepárate para esta temporada con la tranquilidad de que tienes un sistema confiable para la administración de tu equipo de trabajo!
12 de noviembre de 2024
Llevar a tu empleada doméstica, niñera, cuidador de adulto mayor o incluso chofer de confianza en un viaje familiar puede ser una gran ventaja para todos. Sin embargo, es importante recordar que, para ellos, el viaje es parte de su trabajo, no de sus vacaciones. Aquí te compartimos todo lo que como empleador necesitas tener en cuenta para planificar este viaje de manera justa, legal y segura. 1. Seguridad social y seguro de riesgos laborales Antes de salir de viaje, revisa que la empleada esté afiliada a la seguridad social y tenga cobertura de riesgos laborales (ARL) para el lugar al que van. La ARL es esencial, ya que si sufre algún accidente mientras trabaja fuera de casa, estarás cubierto de posibles responsabilidades. Si el viaje es al extranjero, es recomendable que consultes con tu aseguradora para verificar cómo extender la cobertura. 2. Planifica los gastos del viaje Como empleador, deberás cubrir todos los gastos de la empleada durante el viaje, incluyendo transporte, alojamiento y alimentación. Este es un aspecto importante, ya que durante el viaje, tu empleada no solo debe tener un lugar adecuado para dormir, sino también un espacio cómodo para descansar en su tiempo libre. 3. Claridad en horarios y tareas Aunque la empleada esté de viaje con la familia, recuerda que sigue trabajando. Es fundamental que hablen de antemano sobre los horarios y tareas diarias. Por ejemplo, si en casa trabaja 8 horas al día, asegúrate de respetar esa misma jornada laboral durante el viaje. Recuerda que, por ley, no puede trabajar más de 46 horas semanales . Si necesitas que esté disponible por más tiempo, deberás acordar un pago extra por las horas adicionales. Puede ser de tu interés: Horas extras para empleadas domésticas y otros trabajadores del hogar. 4. Dale tiempo libre y descanso adecuado Es importante que la empleada tenga tiempo para desconectarse del trabajo y descansar, especialmente si el viaje implica actividades intensas. Procura respetar los tiempos de descanso entre jornada y jornada. Esto no solo mejora la relación laboral, sino que también es fundamental para su salud y bienestar. 5. Conversa sobre las expectativas del viaje con anticipación Una comunicación clara y abierta es clave para evitar malentendidos. Habla con la empleada antes del viaje sobre tus expectativas y escucha las suyas. Es una buena práctica definir por escrito el alcance de las actividades que realizará, de manera que ambas partes tengan seguridad sobre los términos del viaje. 6. Respeta su tiempo de vacaciones Recuerda que el tiempo de vacaciones de tu empleada no debe mezclarse con el tiempo que pasa trabajando contigo durante el viaje. Este viaje es parte de su jornada laboral, no cuenta como sus vacaciones personales. Si quieres ofrecerle días de descanso, se los puedes dar antes o después del viaje.  Es de tu interés: ¿Debo liquidar a mi empleada doméstica en diciembre? 7. Compromiso con las normas y política de viaje Si van a salir del país, revisa los documentos necesarios y asegúrate de que esté todo en regla. Si el país al que viajan exige alguna visa, seguro médico o vacunación, deberás cubrir los costos relacionados. Infórmate bien sobre los requisitos de cada país para evitar contratiempos. 8. Otros aspectos clave que no debes olvidar Documentos : ten todos los documentos de identidad y permisos de la empleada en regla. Comunicación : Mantén una buena comunicación durante el viaje para asegurarte de que todas sus necesidades estén cubiertas. Pago de salario y prestaciones : Asegúrate de realizar sus pagos a tiempo, así como todas las prestaciones sociales, sin importar que estén de viaje. Viajar con la niñera o cuidador de adulto mayor puede hacer que las vacaciones sean más prácticas y cómodas. Sin embargo, es esencial tratar el viaje respetando lo que dice la ley para evitar multas o demandas. Recuerda que Symplifica es tu aliado para gestionar la relación laboral de forma sencilla y sin preocupaciones. Nuestra app facilita el pago de seguridad social, la administración de horarios, y el cumplimiento de tus obligaciones como empleador. ¡Descárgala y deja que Symplifica haga el trabajo por ti mientras tú disfrutas de tus vacaciones sin estrés!
29 de octubre de 2024
Ser un empleador responsable es hacer las cosas bien en cada paso de la relación laboral, contar con un contrato de trabajo que establezca: la labor, el salario y a futuro pueda indicar la forma correcta de darle fin a la relación laboral es uno de ellos. En Symplifica te contamos las implicaciones de su finalización y las diferencias en cuanto a indemnizaciones bajo cualquiera de sus modalidades y cómo influyen a la hora de hacer la liquidación para tus empleadas de servicio doméstico. Ten presente que las relaciones laborales se pueden terminar en cualquier momento; solo que, las causas de esta terminación marcan la diferencia a la hora de pagar la liquidación a tu empleada doméstica ¿Cuáles son las razones válidas para terminar un contrato laboral? Por renuncia libre: Si tu empleado desea renunciar, no debes reconocer ningún tipo de indemnización. Mutuo acuerdo: Si ambas partes están de acuerdo en dar por terminado el contrato antes de la fecha pactada en el contrato, si es el caso, deberá firmarse un acta transaccional, además se debe reconocer al empleado una suma de dinero. No existe una cifra exacta, pero se sugiere que sea igual a la suma de despido sin justa causa. Por decisión del empleador: En este caso debes reconocer la correspondiente indemnización por despido sin justa causa, si es el caso. Recuerda que los despidos sin justa causa están clasificados de esta forma por la ley y debes tener pruebas de ello, además de haber realizado con tu empleado los descargos pertinentes para formalizar el trámite. Puede interesarte :¿Me puede demandar una empleada doméstica? ¿Cuáles son las justas causas para terminar un contrato laboral? El artículo 62 del código sustantivo del trabajo contiene una lista de las causas justas por las que el contrato de trabajo puede ser terminado bien sea por el empleador o por el trabajador. Conoce a continuación algunas de estas causales: El haber sufrido engaño por parte del trabajador; mediante la presentación de certificados falsos para su admisión. Todo acto de violencia, injuria, malos tratos o grave indisciplina en que incurra el trabajador en sus labores o fuera del mismo contra el empleador y/o los miembros de su familia. Todo acto inmoral o delictivo que el trabajador cometa en su lugar de trabajo o en el desempeño de sus labores. Que el trabajador revele o dé a conocer asuntos de carácter reservado del empleador. El deficiente rendimiento en el trabajo en relación con la capacidad del trabajador y con el rendimiento promedio en labores; cuando no se corrija en un plazo razonable a pesar del requerimiento del empleador. No realizar la ejecución de las funciones sistemáticamente y sin razones válidas; por parte del trabajador. Todo vicio del trabajador que perturbe la disciplina en el lugar de trabajo. La ineptitud del trabajador para realizar la labor encomendada. El reconocimiento al trabajador de la pensión de la jubilación o invalidez estando al servicio del empleador. La enfermedad contagiosa o crónica del trabajador, que no tenga carácter profesional, así como cualquiera otra enfermedad o lesión que lo incapacite para el trabajo, cuya curación no haya sido posible durante ciento ochenta (180) días. No es válido para el manejo de la pandemia desatada por la Covid-19 Teniendo clara esta información vamos a detallar algunos aspectos que debes tener en cuenta al finalizar la relación laboral según el tipo de contrato de trabajo.
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