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Este 14 de febrero tienes una cita con el pago de cesantías

Symplifica • 2 de febrero de 2020

Los empleadores domésticos tienen plazo hasta el próximo 14 de febrero para el pago de este concepto, conoce en este blog todos los detalles sobre esta prestación.



El 14 de febrero recordamos y festejamos alrededor de la celebración de San Valentín, pero en esta fecha las prestaciones sociales no dan espera, este día se cumple la fecha límite para el pago de las cesantías de todos los trabajadores y si tienes empleados en casa no estás exento del pago de esta prestación. Symplifica plataforma para la afiliación y pagos de trabajadores del hogar, nos aclara cómo debemos pagarlas y qué implicaciones tienen con los empleados domésticos (empleados de limpieza y cocina, niñeras, enfermeras, empleadoas de finca, entre otros)


¿Qué son las Cesantías?

Las cesantías son una prestación social, de carácter especial, la cual se debe otorgar a los empleados colombianos a forma de ahorro en el caso de quedar sin empleo, aunque actualmente los empleados pueden darle otro uso a ese dinero.

Según el artículo 249 del Código Sustantivo de Trabajo (CST): Su valor corresponde a un mes de salario por cada año de servicios, y se liquidan desde el 1 de enero al 30 de diciembre de cada año, es decir para este año las cesantías a pagar corresponden al 1 de enero al 30 de diciembre de 2019.En caso que el trabajador no haya laborado todo el año, el cálculo es proporcional a los días trabajados.


¿Cómo calculo las cesantías de mi empleado del hogar?

Solo debemos multiplicar el salario mensual por el número de días trabajados y este valor se divide en 360


¿Cómo debo pagar las cesantías?

Estas deben ser consignadas en el fondo de pensiones y cesantías elegido por el empleado de hogar (Colfondos, Porvenir, Protección, Skandia entre otros) antes del 14 de febrero de cada año.


En Symplifica te recomendamos legalizar cada pago que sea realizado a tus empleados del hogar, en este caso es oportuno generar un comprobante que indique que pagamos esta prestación, el cual debe ser firmado por ti y tu empleado del hogar.


¿Todos los empleados domésticos reciben esta prestación?

Así es, todos los empleados con un contrato a término fijo o indefinido reciben esta prestación, excepto quienes tengan un salario integral ya que ganan más de 10 SMMLV mensuales.


¿Para qué puede usar las cesantías mi empleado de hogar?

Según la legislación colombiana los empleados pueden usar sus cesantías para los siguientes temas:

  • Compra o remodelación de vivienda.
  • Pago de la educación propia o de sus hijos.
  • Contar con recursos en épocas cesantes.


¿Cómo se pueden retirar las cesantías?

Debes entregar una carta a tu empleado de hoja donde quede claro que autorizas el retiro de este dinero, el monto y se exponga el uso que tendrá el mismo.


¿Cuáles son los riesgos al no realizar el pago de esta prestación?

El principal riesgo es la mora adquirida, ya que, por cada día de retraso en la consignación de las cesantías, tendrías que pagar un día de salario.


¿Debo pagar intereses a las cesantías?


Debido a que como empleador tenías ese dinero perteneciente a tu empleado, debes pagar los intereses correspondientes al 12% anual, se pagan de la misma forma que las cesantías: por el periodo del año anterior o el tiempo que haya durado la relación laboral.Este concepto se cancela en la segunda quincena del mes de enero directamente al empleado.


“Desde Symplifica recomendamos que se le consigne este dinero al fondo de cesantías a las trabajadoras del hogar, es clave que si ellas se llegaran a quedar sin empleo puedan usar este beneficio legal que aplica para todos los empleados del país” Indica Salua García de Symplifica.


Con estas respuestas puedes resolver la gestión de las cesantías de tus empleados del hogar, y si necesitas un aliado para resolver todos los cálculos prestacionales, cuenta con Symplifica, somos una plataforma digital que realiza por ti todos los aspectos de la relación laboral con tus empleados en casa.


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