El pasado 30 de marzo se celebro el día Internacional de la Trabajadora del Hogar, gran oportunidad para honrar dicha labor de personas que en su día a día dedican su tiempo a trabajar en el lugar más importante para todos, el hogar.
Haciendo uso de la tecnología, www.symplifica.com nace como esa herramienta que ayuda a dignificar la labor de la empleada doméstica y a orientar al jefe de hogar en los trámites de contratación, afiliaciones al sistema de seguridad social, asesoría en el pago de la prima, cesantías, intereses de cesantías, celebración y liquidación del contrato, entre otros legales en Colombia.
Gran parte de las personas que trabajan en los hogares no lo hacen de tiempo completo, muchas veces van uno u algunos días a la semana a la misma casa, por eso queremos tratar una serie de mitos y verdades sobre las contrataciones de empleadas por días y que pasa cuando se comparte la relación entre familias y amigos y lo que es más importante, saber que hacer para estar cubierto en todo momento.
¿Cuáles son los derechos de una empleada doméstica por días?
Si contratas a una persona para que limpie o haga los quehaceres de tu hogar debes tener en cuenta que actuarás como su empleador, es decir debes hacerle un contrato laboral, en dónde consten las labores que realizará y las condiciones, jornada laboral y sueldo a devengar.
Debes tener en cuenta que, al ser empleada por días, no debes aportar a salud, pero si debes garantizar que tu empleada se encuentre en el Régimen Subsidiado (SISBEN) o que sea beneficiario de algún familiar, sin este requisito no deberías contratarla.
Debes garantizar la afiliación y pago mensual de la seguridad social, es decir, la Administradora de riesgos laborales, (ARL), Caja de Compensación familiar y fondo de pensiones.
Debes garantizar el pago de por lo menos un salario mínimo diario más auxilio de transporte por cada día de trabajo.
Además, deberás otorgar el pago de la prima en junio y diciembre, cesantías en el mes de febrero, sus intereses en enero y entregar dotación cada 4 meses.
Tranquilo si quieres olvidarte de todos los trámites y asegurarte de hacer las cosas bien, Symplifica.com te ayuda a realizar esos cálculos y procesos a través de su herramienta y aplicación móvil.
Todos. Si entra a la casa de una persona y recibe instrucciones del jefe de ese hogar, ese se convierte en el empleador, quien además está en la obligación de hacerle un contrato laboral y pagar todo lo que estipula la Ley. En caso de que los otros días, trabaje en las otras casas, se deberá hacer el mismo proceso, y esto te evitará inconvenientes de tipo legal.
¿Se puede afiliar a una empleada a seguridad social entre varias casas?
Según el Decreto 2616 de 2013, si tu empleada trabaja entre 1 y 7 días en un mismo mes, tu debes debe responder por la afiliación a caja de compensación, pensión, Aseguradora de Riesgos Laborales (ARL) y salud, por una semana. Si trabaja entre 8 y 14 días, tienes que pagarle 2 semanas y si se trabaja entre 15 y 21 días debe hacer el pago de 3 semanas. En este sentido, cada empleador está obligado a respetar los derechos contemplados por la Ley.
Es decir, no es recomendable hacer una afiliación entre varias personas si va a varias casas, cada empleador deberá por aparte afiliarle y garantizar los pagos. Ten en cuenta: Si está afiliada a nombre de una persona diferente a ti, pero está trabajando en tu casa y existe un accidente laboral la ARL no cubrirá los gastos, deberás ser tu quien corra con todo.
¿Puedo pagarle un salario integral a mi empleada y estar cubierto?
El salario integral en Colombia solo aplica para personas que ganan más de 13 SMMLV, es decir más de $10.156.146 para el 2018, devengado generalmente por gerentes y presidentes de compañías. De acuerdo con el artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo, dentro del valor del salario integral se incluyen las prestaciones, beneficios y recargos. De tal manera, que este tipo de salario no aplica para las empleadas domésticas a quienes muchas veces por un bono de ropa y/o mercado se le denomina salario integral. En Symplifica, como expertos en contratación y gestión de empleados del hogar, te recomendamos cumplir con el pago de todas las prestaciones basado en el SMLV, de manera que se dignifique dicho trabajo y evites multas de hasta 100 SMLV.
¿Mi empleada dice que ella cotiza como independiente, estoy cubierto?
Si ella va a tu casa y tu eres quien le cancela los servicios domésticos, te conviertes en el empleador y responsable de los pagos que ordena la Ley, por ende, estás en la obligación de afiliarla a Salud, Fondo de Pensiones, ARL y Caja de Compensación Familiar. Ante la ley si existe subordinación no puede haber un contrato por prestación de servicios, así tu empleada vaya un solo día a la semana, por ende, no estarás cubierto en ese caso.
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