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Prima para empleados domésticos: No la pague a tiempo ¿Y ahora qué?

Symplifica • 1 de diciembre de 2018

Como bien sabes, desde que fue aprobada la Ley 1788 de 2016, los empleados del servicio doméstico tienen derecho al pago de la prima en junio y en diciembre, si por algún motivo no lo hiciste antes del 30 de junio; no se te ocurra reemplazar el pago de prima para empleados domésticos por un mercado, ropa o un bono, pues es un derecho legal irrenunciable y que así, tu empleada ya no trabaje contigo puede demandarte por no haber reconocido el pago de esta prestación social.


¿Cuál es la multa que debo asumir?


Es importante que tengas en cuenta que el no haber realizado este pago dentro de los plazos establecidos; la Ley fija una multa equivalente a un día de salario por cada día de retraso, estipulada dentro del artículo 65 del Código Laboral, la indemnización moratoria es una especie de reparación a cargo del empleador.



Con el fin de evitarte inconvenientes y ratos amargos en los estrados judiciales o de cancelar moras; expertos de Symplifica te recomiendan hacer una provisión mensual para el pago de la prima para empleados domésticos en los meses de junio y diciembre.

El objetivo de hacer una provisión es proporcionarte la seguridad y la tranquilidad de tener los recursos necesarios para cancelar totalmente la obligación en el momento oportuno.


¿Qué pasa si el contrato de trabajo ya terminó?


En el caso de que ya se haya terminado el contrato de trabajo y el empleador no haya pagado la prima, el ex empleado podrá exigir la indemnización moratoria incluso lo puede demandar, y deberá pagar lo que se calcula con base en el último salario diario por cada día de retraso. Si después de 24 meses; el empleador no se ha puesto al día con el pago de dicha obligación, además deberá cancelar los intereses moratorios.


Recuerda que Symplifica te asesora en el cálculo de la prima de servicios que debes pagar cuando tu empleada trabaja por días, medio tiempo o tiempo completo; con el fin de que puedas cumplir con dichos pagos en las fechas fijadas por el gobierno.

En Colombia, Symplifica ha logrado formalizar la relación laboral de 16.692 empleadas del servicio doméstico; quienes están gozando de una mejor calidad de vida.


Podemos brindarte una asesoría personalizada solo debes diligenciar el siguiente formulario y uno de nuestros expertos en gestión de empleados del hogar se contactará contigo, o encuéntranos en horario de oficina en el chat de nuestra web Symplifica.com o en la línea de WhatsApp: 350 8330000.


30 de diciembre de 2024
Si tienes un negocio, emprendimiento o una pequeña empresa, probablemente te hayas preguntado alguna vez si estás obligado a entregar dotación laboral a tus empleados. Tal vez has escuchado algo al respecto, pero no tienes claro qué dice la ley ni cómo aplicarlo en tu empresa. ¡Tranquilo! Aquí te lo explicamos de manera sencilla para que tomes decisiones informadas y cumplas con tus obligaciones legales sin complicaciones. Desde Symplifica.biz , como expertos en la gestión laboral para pymes, queremos ayudarte a entender cómo funciona la dotación laboral en Colombia y cómo puedes manejar este aspecto con facilidad y profesionalismo. Primero, ¿qué es la dotación laboral? En palabras simples, la dotación laboral es el conjunto de elementos que un empleador debe entregar a sus empleados para que puedan desempeñar sus funciones de manera adecuada y segura. Esto incluye uniformes, zapatos y, en algunos casos, equipos de protección personal (EPP), dependiendo de las características del trabajo. No solo se trata de cumplir con una norma. Proveer dotación también mejora la imagen de tu negocio, fomenta la identidad de equipo y garantiza que tus empleados trabajen en condiciones óptimas. Puede ser de tu interés: ¿Cuántas horas extras pueden trabajar los empleados en diciembre? ¿Qué dice la ley colombiana? Según el Código Sustantivo del Trabajo , la dotación es un derecho para ciertos empleados que cumplan con estas condiciones: Salario igual o inferior a dos salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV): Solo los empleados que ganan hasta dos SMMLV tienen derecho a recibir dotación. Antigüedad mínima de tres meses: El trabajador debe haber completado al menos tres meses consecutivos de trabajo en tu empresa. Tipo de contrato: Aplica para contratos a término fijo, indefinido o de obra o labor, siempre que cumplan con los requisitos anteriores. ¿Y los trabajadores que ganan más de dos SMMLV? En estos casos, la dotación no es obligatoria, pero podrías considerar entregar uniformes de manera voluntaria para mantener una buena imagen de tu empresa y fortalecer la identidad del equipo. ¿Cuándo debo entregar la dotación? La ley es clara y específica: la dotación debe entregarse tres veces al año en estas fechas: Abril Agosto Diciembre Estas fechas están pensadas para cubrir las necesidades de tus empleados durante todo el año, así que asegúrate de planificar con tiempo.
24 de diciembre de 2024
¿Cuándo debo liquidar o indemnizar a la empleada doméstica? Como empleador, uno de los aspectos más importantes de la relación laboral con tu empleada doméstica, niñera o cuidador de adultos mayores es entender tus obligaciones al momento de finalizar el contrato. Es común confundir términos como liquidación e indemnización , pero cada uno tiene un propósito y se aplica en situaciones diferentes. Aquí te explicamos, de manera clara y sencilla, las diferencias y cuándo debes aplicar cada uno. 1. ¿Qué es la liquidación? La liquidación se refiere al pago de las prestaciones sociales acumuladas durante el tiempo que tu empleado trabajó contigo. Esto aplica siempre que el contrato laboral termine, sin importar la causa de la terminación. ¿Qué incluye la liquidación? Prima de servicios: Proporcional al tiempo trabajado en el semestre. Cesantías y sus intereses: Calculadas por el tiempo laborado. Vacaciones: Días acumulados no disfrutados. Salario pendiente: Si hay días trabajados que no han sido pagados. ¡Ojo! Todos estos valores anteriores son de saldos que se deban y no se hayan entregado aún. 
16 de diciembre de 2024
Diciembre no solo trae celebraciones, sino también obligaciones laborales importantes. Entre ellas, el pago de la prima de servicios , un derecho de todos los empleados en Colombia. Si tienes un negocio, emprendimiento o pyme, saber cómo calcular correctamente la prima es crucial para evitar errores y cumplir con la ley. En Symplifica.biz , entendemos que gestionar estas responsabilidades puede ser desafiante. Por eso, hemos preparado esta guía sencilla y práctica para que calcules la prima de tus empleados sin complicaciones. ¡Empecemos! ¿Qué es la prima de servicios y quiénes tienen derecho a ella? La prima de servicios es una prestación social que equivale a un mes de salario por cada año trabajado . Su objetivo es reconocer el esfuerzo de los empleados y compartir con ellos las utilidades generadas por el negocio. Según el Código Sustantivo del Trabajo , todos los empleados que estén vinculados a tu empresa mediante contrato de trabajo tienen derecho a recibir esta prima, sin importar si su contrato es a término fijo, indefinido o por obra o labor. ¿Cuándo se paga la prima de servicios? La prima se paga en dos partes: Primera mitad: A más tardar, el 30 de junio . Segunda mitad: Antes del 20 de diciembre . Si tu empleado no ha trabajado durante todo el año, no te preocupes, más adelante te explicamos cómo calcular la prima proporcional. Te puede interesar: ¿Puedo contratar un empleado por horas? Cálculo de la prima de servicios: paso a paso Calcular la prima no es tan complicado como parece. Aquí tienes un paso a paso que te ayudará: Define el salario base: Toma el salario mensual que el empleado ha recibido. Incluye el auxilio de transporte si su salario es igual o inferior a dos salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV). Determina el tiempo trabajado: Calcula el número de días que el empleado ha trabajado durante el semestre o el periodo correspondiente. Aplica la fórmula: La fórmula básica para calcular la prima es: (Salario mensual x Días trabajados) ÷ 360 Ejemplo: Si un empleado gana $1.200.000 y ha trabajado 180 días, el cálculo sería: ($1.200.000 x 180) ÷ 360 = $600.000 Esto significa que el empleado debe recibir $600.000 como prima de servicios.
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