En Colombia, los empleadores de personal doméstico tienen la obligación legal de pagar cesantías e intereses de cesantías. Se trata de un derecho laboral importante que debe respetarse. A continuación, explicamos más al respecto y qué puede pasar si no se hacen los pagos.
Las cesantías son una prestación social obligatoria que garantiza a los trabajadores, en este caso, empleados domésticos, un respaldo económico en momentos de desempleo o emergencia. Este ahorro acumulado representa el 8,33% de los ingresos del trabajador y el empleador debe depositarlos a la entidad en la que su trabajador se encuentre afiliado.
Los intereses de cesantías son los intereses generados por el dinero depositado en la cuenta de cesantías. La tasa de interés es del 12% y se calcula anualmente.
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Todos los empleados domésticos tienen derecho a recibir cesantías e intereses de cesantías. Esto incluye a:
Sin importar la modalidad de contratación (empleadas internas, de tiempo completo, por días o medio tiempo) tú, como empleador, deberás asumir la remuneración correspondiente.
El cálculo de las cesantías es simple: si el empleado del hogar duro todo el 2023 con un salario mensual de $1.160.000, debes consignar a su cuenta de cesantías $1.160.000 por cesantías, ya que recuerda que es un salario mensual por el año trabajado o proporcional al tiempo que lleve.
Fórmula:
($1.160.000 X 360 / 360 = $1.160.000)
Ahora, en cuanto a los intereses de cesantías, según la ley, son el 12% así que debes seguir la siguiente fórmula:
($1.1600.000 X 0,12 X 360 / 360 = $139.200).
Significa que a la empleada le corresponden $139.00 de intereses de cesantías.
El empleador tiene la responsabilidad de consignar las cesantías antes del 14 de febrero de cada año. Esto se hace a través de la entidad a la que esté afiliada el empleado doméstico.
Ojo, las cesantías solo las puedes consignar a esta entidad, no debes dársela a la empleada doméstica.
Es vital que el empleador entregue al empleado un comprobante de consignación y que ambos conserven una copia para futuras referencias.
En cuanto a los intereses de cesantías, estos sí debes pagarlos al empleado doméstico antes del 31 de enero.
Los empleadores que incumplan con su obligación de pagar cesantías e intereses oportunamente, pueden enfrentar demandas laborales que usualmente terminan en sanciones. Algunas de las multas contempladas actualmente son:
Claramente, abstenerse de pagar estas obligaciones puede salir muy costoso. Es mejor cumplir correctamente desde el primer año para evitar problemas futuros.
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En resumen, el pago de cesantías e intereses de cesantías es una obligación legal que protege los derechos y el bienestar financiero de los empleados domésticos. Es esencial que tanto empleadores como empleados estén informados y cumplan con estas obligaciones para garantizar una relación laboral justa y armoniosa.
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