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Multas por no pagar seguridad social a las empleadas domésticas

Symplifica • Apr 17, 2023
Sanciones por no pagar seguridad social

Multas por no pagar seguridad social

En Symplifica hemos recibido casos de empleadores que no hacen los aportes de seguridad social a la empleada doméstica que trabaja en su hogar. Aunque muchos de estos casos se presentan por desconocimiento, esto puede traer consecuencias que podrían resultar en multas o sanciones por no cumplir con lo que exige la ley en Colombia. En este blog, responderemos a las preguntas más comunes y te ayudaremos a evitar riesgos al contratar empleadas domésticas, niñeras y otros trabajadores del hogar.

¿A qué trabajadores domésticos se les debe pagar seguridad social?

Primero, es importante entender que las empleadas domésticas también tienen derecho a tener seguridad social, así como cualquier otro trabajador en Colombia. Vale la pena aclarar que en Colombia también se reconocen como trabajadores domésticos a: 


  • Jardineros
  • Conductores de familia
  • Mayordomos o amas de llaves en fincas de descanso
  • Niñeras
  • Enfermeras 
  • Cuidadores de adulto mayor


Esto significa que si cuentas con uno de estos trabajadores a tu servicio, también debes realizar los pagos de seguridad social. Te dejamos los artículos que lo mencionan: 


Sistema general de Pensión


Ley 100 de 1993


“ARTÍCULO 17. Obligatoriedad de las Cotizaciones. Durante la vigencia de la relación laboral deberán efectuarse cotizaciones obligatorias a los Regímenes del Sistema General de Pensiones por parte de los afiliados y empleadores, con base en el salario que aquellos devenguen.

Salvo lo dispuesto en el artículo 64 de esta Ley, la obligación de cotizar cesa al momento en que el afiliado reúna los requisitos para acceder a la pensión mínima de vejez, o cuando el afiliado se pensione por invalidez o anticipadamente.”

(...)


Sistema General de salud


Ley 100 de 1993


“ARTÍCULO 161. Deberes de los Empleadores. Como integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud, los empleadores, cualquiera que sea la entidad o institución en nombre de la cual vinculen a los trabajadores, deberán:

1. Inscribir en alguna Entidad Promotora de Salud a todas las personas que tengan alguna vinculación laboral, sea esta, verbal o escrita, temporal o permanente. La afiliación colectiva en ningún caso podrá coartar la libertad de elección del trabajador sobre la Entidad Promotora de Salud, a la cual prefiera afiliarse, de conformidad con el reglamento. (...) “

¿Qué se paga dentro de la seguridad social?

La seguridad social es un sistema que cubre eventualidades de los trabajadores en caso de que presenten problemas de salud, accidentes laborales o para que familiares de los trabajadores puedan recibir diferentes beneficios. Todo esto es gracias a las entidades donde son afiliados los trabajadores, te contamos cuáles son: 


  • Salud
  • ARL (Riesgos laborales)
  • Caja de compensación familiar
  • Pensión 


Te puede interesar: Qué debes tener en cuenta antes de afiliar a seguridad social a tu empleada doméstica

¿Cuáles son las sanciones que puedo recibir por no pagar seguridad social a la empleada que trabaja en mi casa?

Recordemos que el valor a pagar y el tipo de castigo lo define un ente regulador, en este caso y teniendo claro que el empleador no está cumpliendo con su obligación, la UGPP - Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales puede investigar si hay o no un error y esto podría llevar a que existan algunos castigos como: 


Multas


El empleador puede ser multado por las autoridades competentes por no cumplir con el pago oportuno o si existe una mora en la seguridad social que este afectado al trabajador.


Sanciones penales


En casos graves, el empleador puede enfrentar sanciones penales, incluyendo cárcel, por no pagar la seguridad social de su empleada doméstica.


Embargo de bienes



Si el empleador no paga la deuda de seguridad social después de recibir una orden judicial, la cual solo procede si hay una demanda, las autoridades pueden embargar sus bienes para recuperar la deuda.

¿Cuánto se debe pagar por las sanciones recibidas?

Este es un tema que es bastante serio, pues hemos conocido diferentes casos donde les han puesto multas y sanciones que superan los 300 millones por no cumplir con los pagos correspondientes de seguridad social. Vale la pena aclarar que una cosa es no cumplir con el pago estando el trabajador afiliado, eso genera multa. Y otra muy distinta es no afiliar nunca a la persona, pues el empleador únicamente responderá por lo que le pase al trabajador y no trasladar los riesgos. 


Ten en cuenta que no será lo mismo estar en mora por un mes de no pago que por años de incumplir con la ley y que muchos de estos casos se pueden presentar bajo condiciones de accidentes laborales que podrían impactar mucho más fuerte la sanción final. 


Adicional a recibir un castigo, la persona responsable deberá asumir, en algunos casos, todos los gastos que afecten al trabajador, por ejemplo, atención médica, pago de incapacidades, indemnizaciones, y todo aquello que haya afectado la no afiliación y pago de seguridad social tanto al trabajador como a su familia.

Si la empleada no quiere ser afiliada, ¿qué puedo hacer?

Por lo general, las empleadas domésticas no quieren afiliarse a la seguridad social porque piensan que perderán su lugar en el SISBEN y ya no recibirán los beneficios del gobierno. Sin embargo, es importante recordar que el SISBEN es solo una encuesta que ayuda a clasificar a la población del país según sus ingresos y calidad de vida. Las trabajadoras podrán seguir accediendo a los beneficios del SISBEN siempre que puedan demostrar que no viven bajo condiciones óptimas. 


También existe la posibilidad de que la trabajadora este solo por tiempo parcial y no supere los 21 días laborados en el mes, en este sentido, podrá seguir recibiendo el beneficio de salud subsidiado. 


Ahora, cuando las empleadas están trabajando de tiempo completo, el gobierno les dará la posibilidad de guardar el cupo durante un año y si la persona trabaja por días, podrá continuar recibiendo el servicio de salud por medio del SISBEN y el empleador solo deberá pagar los conceptos adicionales de seguridad social. 


Sin embargo, en Symplifica te recomendamos que como empleador siempre te mantengas al tanto de que ella reciba el servicio de salud de forma correcta. Pues estos son derechos irrenunciables que no están a potestad de la empleada; la ley entiende que es obligación del empleador cumplir y el no entregar, estos beneficios legales deja expuesto al empleador a demandas, sanciones o multas, como se ha mencionado anteriormente.


Te puede interesar: Seguridad social para empleadas que tienen SISBEN. Te contamos todo lo que debes saber.


En resumen, el no pago de seguridad social a las empleadas domésticas es un problema complejo en Colombia. Los empleadores siempre deben asegurarse de llevar una relación laboral bajo la norma que indica la ley y tomar las medidas necesarias para evitar consecuencias. Recordemos que la seguridad social es un derecho fundamental, para todos los trabajadores, sin importar cuáles sean sus funciones. 


En Symplifica te asesoramos y ayudamos a brindar mejores condiciones a tus trabajadores en casa, para que reciban no solo los beneficios que por ley debes pagar, sino también, beneficios extras que podrán disfrutar ellas y sus familias. 

07 may., 2024
En nuestro país el pago de la pensión a las empleadas domésticas es una obligación legal y un aspecto crucial para garantizar su bienestar futuro. Sabemos que muchos empleadores desconocen acerca de este tema, por eso aquí te explicaremos por qué es necesario cumplir con esta responsabilidad tan importante, los riesgos de no hacerlo y las pensiones más populares que existen. Empecemos definiendo los aspectos importantes por los que debes asegurarte de pagar la pensión: 1. Le brindas garantía de seguridad financiera a tu empleada doméstica: Pagar una pensión a una empleada doméstica asegura que al llegar a la edad de retiro, tendrá un ingreso que le permita mantener su calidad de vida. Esto es fundamental para proporcionar estabilidad financiera a quienes han dedicado años de su vida al servicio doméstico. Tal vez quieras leer: ¿Cómo contratar empleados domésticos de forma segura? 2. Te aseguras de cumplir con lo que dice la ley: La Ley 100 de 1993 establece que todos los empleadores en Colombia, incluidos los de empleadas domésticas, están obligados a contribuir al Sistema General de Pensiones. 3. El no cumplimiento de esta obligación, te traerá riesgos Así es, no cumplir con esta obligación puede resultar en multas que pueden llegar hasta los 400 salarios mínimos mensuales vigentes, una cifra que equivale aproximadamente a $331 millones. ¿Crees que vale la pena arriesgarte? Ahora, ¿Cuáles son los fondos de pensiones que existen? Primero nos gustaría aclarar que en Colombia existen dos tipos de regímenes de pensiones: Régimen de prima media (Público) Régimen de ahorro individual con solidaridad (Privado) Ahora, si nos enfocamos en los fondos de pensiones privados, algunos de los más comunes son: Fondo de pensiones Porvenir Ver más Fondo de pensiones Protección Ver más Fondo de pensiones Colfondos Ver más Recuerda que cada uno tiene sus características individuales, si necesitas más detalles al respecto, te recomendamos dar clic en “Ver más” para acceder a toda la información completa. Y… ¿Cómo se realizan los aportes a la pensión? El pago de los aportes a pensión es del 16% del cual tú como empleador asumes el 12% y tu trabajadora el 4%. Recuerda que la elección del fondo depende de los beneficios de cada uno, para realizar la elección más acertada, te recomendamos alinearte a lo que busca tu trabajadora del hogar. Aunque, si hay algo que aplica para todos los fondos y nos parece importante que conozcas esta información, se trata de un cambio importante en la forma en que se calculan las semanas para pensionarse, el cual fue anunciado por La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema. Veamos de qué se trata: Nuevo método de cálculo en días calendario: En lugar de considerar los meses como periodos fijos de 30 días, ahora se calcularán las semanas cotizadas en días calendario, los cuales pueden variar entre 28, 30 o 31 días según el mes. Transformación en semanas cotizadas: Los días laborados y cotizados se convertirán en semanas, es decir, los días trabajados se dividirán entre siete para así ver el número reflejado en semanas, no en días. Con estos cambios, se pretende garantizar que se tomen en cuenta todos los días laborados y cotizados al calcular las semanas para la jubilación. ¿Demasiado rebuscado? ¡No te preocupes! Podemos hacer todos estos procesos por ti; afiliamos, pagamos y gestionamos las afiliaciones a seguridad social, aportes a pensión, cálculo de prestaciones, pago de nómina y todo lo relacionado con la correcta contratación de las empleadas domésticas. Con nosotros, no tendrás porque estresarte tratando de entender estos cambios, pues además, nos mantenemos actualizados acerca de nuevas normativas en las leyes, si quieres estar seguro de cumplir con lo que dicta la ley, completa el siguiente formulario para que uno de nuestros asesores se comunique contigo.
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