Cuando hablamos acerca de la gestión laboral de la empleada doméstica, existen algunos cambios significativos; uno de ellos es la reducción de jornada laboral. En este artículo compartiremos contigo de qué se trata este cambio, haciendo un especial énfasis en las empleadas internas, es decir, aquellas que viven en el lugar donde prestan sus labores. Comencemos…
Vamos por partes, en un principio, a través de la ley 2101 de 2021 se anunció la reducción de la jornada laboral para todos los trabajadores en Colombia.
Fue en el artículo dos de la ley 2101 de 2021 que modificó el artículo 161 del CST reduciendo la jornada laboral a 42 horas, esto incluía a las empleadas de servicios domésticos, pero NO mencionaba a las trabajadoras del hogar internas.
¿Qué pasó después?
La corte constitucional analizó una demanda en la que se alegaba que la ley mencionada anteriormente NO incluía a las empleadas domésticas internas.
Este acto fue calificado como discriminatorio, pues estaba excluyendo a las trabajadoras que residen en su lugar de trabajo, la Corte Constitucional, a través de la Sentencia C-372 de 1998, indicaba que debían trabajar 10 horas diarias.
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¿Y entonces?
Por ese motivo, la Corte Constitucional C 507 DE 2023 se enfocó en analizar la situación expuesta y finalmente se reconoció que las empleadas del hogar internas también debían tener derecho a una reducción laboral, por lo que la sala plena anunció que el servicio doméstico interno se reducirá de 60 a 52,5 horas semanales.
Ahora… ¿Desde cuándo empezó a aplicar la reducción de jornada de trabajo para empleadas domésticas internas?
El cambio se irá haciendo gradualmente, a continuación te contamos cómo funciona::
¿Qué? ¿Entonces la primera reducción ya pasó?
Así es, el primer ajuste se debió realizar desde el 15 de julio del 2023, así que si actualmente tienes contratada a una empleada del hogar como interna y aún no aplicas este cambio, te recomendamos empezar a acogerte a lo que dicta la ley.
Y ahora… ¿Qué pasa si no empiezo a aplicar los ajustes?
Si la trabajadora supera más de las 58.75 horas a la semana, tú deberás reconocer el pago de las horas extras.
Toma en cuenta que tu empleada no podrá trabajar más de dos horas extras diarias.
¡Mucho ojo! Pues en caso de no cumplas con el pago de horas extras, la trabajadora podrá dirigirse al ministerio del trabajo.
Como te pudiste dar cuenta, este es un cambio significativo para el sector doméstico, así que como siempre, nuestra recomendación es que te asegures de cumplir con la legalidad, de esta manera no correrás ningún tipo de riesgo.
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