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Permiso remunerado por votar para empleadas domésticas

David Mateo Herrera • 26 de octubre de 2023
  1. Permiso remunerado por votar para empleadas domésticas
  2. ¿Qué dice la ley al respecto? 
  3. El artículo 3 de la Ley 403 de 1997
  4. ¿Existe una fecha límite para que la empleada tome este día? 
  5. ¿El día remunerado es obligatorio?
  6. ¿Si la trabajadora fue jurado y votó, tendrá derecho a un día y medio de descanso?
Piso de protección social

Permiso remunerado por votar para empleadas domésticas

Este fin de semana se llevará las elecciones territoriales 2023 en Colombia. Como cualquier ciudadano colombiano, las empleadas domésticas y todos los trabajadores del hogar, tienen el deber de ejercer su derecho al voto y así mismo pueden tener una serie de beneficios que van desde tiempo remunerado que entra en los días compensatorios, hasta descuentos en algunos establecimientos para todo aquel que presente su certificado electoral, aquí te contamos más…

¿Qué dice la ley al respecto?


“El ciudadano tendrá derecho a media jornada (o medio día, como lo conocen algunos), de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector. Tal descanso compensatorio se disfrutará en el mes siguiente al día de la votación, de común acuerdo con el empleador”

Entonces, ¿Debo otorgar este medio día a mi empleada? 

Sí, así es. Si tu empleada doméstica, niñera o cualquier otro trabajador del hogar te lo solicita, debes pedirle su certificado electoral, el cual es el que le da derecho para acceder a este beneficio. Después, deben coordinar una fecha que les quede bien a ambos y otorgar el tiempo de permiso. 

¿Existe una fecha límite para que la empleada tome este día? 

Sí, este día solo se podrá pedir el mes después de haber obtenido el certificado electoral.  Es decir, los permisos se otorgan hasta el 29 de noviembre.
 

¿El día remunerado es obligatorio?

Si claro, la idea es que los trabajadores puedan descansar ese medio día y el empleador deberá pagar el día como cualquier otro día de trabajo. 


¿Si la trabajadora fue jurado y votó, tendrá derecho a un día y medio de descanso?


Sí. De acuerdo con el Consejo Nacional Electoral, se trata de dos aspectos diferentes: el primero, el descanso por la labor ejercida como jurado; y el segundo, un estímulo para todo ciudadano por el simple hecho de haber ejercido su derecho al voto. Estos permisos deben ser remunerados para tu trabajadora.


Desde Symplifica te recomendamos compartir esta información con tu emplead@ del hogar, para que ejerza su derecho al voto y pueda acceder a este día de descanso remunerado, de esta manera estarás incentivando a que ejerzan este derecho y por supuesto seguirás el camino de construir un mejor país para todos.



Esperamos haber resuelto tus dudas alrededor de este tema. 



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