Final de año llega con muchas cosas: celebraciones, reuniones familiares, regalos… ¡y también responsabilidades laborales! Si tienes una niñera, empleada doméstica o cuidador de adulto mayor contratado, es importante que conozcas lo que debes pagarle y las obligaciones que vienen con esta temporada.
Tranquilo, no te preocupes si todo esto parece complicado. Aquí te explicamos, de manera clara y sencilla, qué debes hacer para cumplir con la ley y evitar problemas.
Primero lo primero: la prima de servicios. Esta es una prestación que debes pagarle a tu empleado antes del 20 de diciembre. Representa un mes de salario por cada año trabajado, y si no han trabajado el año completo, se calcula proporcionalmente.
La fórmula para calcularla es:
(Salario mensual x Días trabajados) ÷ 360
Por ejemplo: Si tu niñera gana $1.200.000 y ha trabajado 180 días este semestre, la prima sería:
($1.200.000 x 180) ÷ 360 = $600.000
Recuerda que si el salario incluye el auxilio de transporte (cuando aplica), este debe sumarse al salario base para calcular la prima.
Es de tu interés: Guía paso a paso para pagar la prima a la empleada doméstica
2. Dotación de fin de año
Si tu empleado ha trabajado más de tres meses, la ley establece que debes entregarle dotación tres veces al año: en abril, agosto y diciembre.
¿Qué es la dotación? Básicamente, son elementos básicos para realizar su trabajo, como ropa y calzado. Es importante que este beneficio se entregue antes de que termine el mes.
A veces, con el cierre del año, algunos empleadores piensan en liquidar el contrato de la niñera o empleada doméstica. Sin embargo, ¡esto no es necesario si no planeas terminar la relación laboral!
En lugar de liquidar, considera dar vacaciones. Esto no solo permite que tu empleado descanse y recargue energías, sino que también evita costos adicionales asociados a terminar y luego volver a contratar.
Recuerda que el período de vacaciones corresponde a 15 días hábiles por cada año trabajado, y si aún no han cumplido el año, se calculan proporcionalmente.
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