Al contar con la ayuda de una empleada interna en casa o en fincas de descanso, la ley permite si es tu interés, pagar parte de su salario en especie, en este artículo te contamos a detalle acerca de la alternativa de pago que como jefe del hogar puedes tomar.
El artículo 129 del Código Sustantivo del Trabajo dice que:
“Constituye salario en especie toda aquella parte de la remuneración ordinaria y permanente que reciba el trabajador como contraprestación directa del servicio, tales como alimentación, habitación o vestuario que el empleador suministra al trabajador o su familia.”
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Principalmente la alimentación o los artículos o servicios que se proporcionen a la empleada al vivir dentro del domicilio donde trabaja y que ella tendría que cubrir de igual manera si no trabajará en modalidad de interna, puede contemplar:
Esta modalidad de pago está pensada para empleadas internas debido a que realizan un consumo dentro de las instalaciones donde trabajan, al vivir en el mismo lugar. Por lo que hacen uso de servicios como agua, luz, gas e internet, la ley contempla que una fracción del salario pueda ser entregado como parte del salario, sin embargo es importante resaltar que NO es obligatorio y eso solo una opción para los empleadores que así lo consideren.
Según la ley, para empleadas del servicio doméstico internas, es posible cubrir como máximo el 50% de su salario en especie. Sin embargo, desde Symplifica recomendamos a los jefes del hogar que máximo se cubra el 30% del salario por este concepto para que la trabajadora tenga oportunidad de recibir mayor atribución económica en dinero.
Esta recomendación se hace, ya que según datos de Symplifica, un 72% de las trabajadoras que se dedican a trabajos del hogar son cabezas de familia y no recibir su salario completo las puede dejar en situación de vulnerabilidad. Adicional a esto, es importante resaltar que es la trabajadora la que reside en su lugar de trabajo, pero por lo general su familia reside en una vivienda aparte, lo que la obliga a tener que responder por el mantenimiento de este hogar.
Para especificar, según las recomendaciones que realizamos desde Symplifica si una empleada interna recibe un salario mínimo mensual ($908.526), su pago en especie sería de $ 272.557 (30% del salario mínimo mensual).
Cabe resaltar que estas empleadas no reciben subsidio de transporte al no necesitar movilizarse para llegar a su lugar de trabajo.
Por supuesto, de hecho, es necesario que se estipule en el contrato de trabajo, si esta opción se va a incluir en la relación laboral como forma de pago, esto con el fin de evitar futuros inconvenientes o malos entendidos con tu empleada del hogar.
Si utilizas esta forma de pago y no tienes un contrato firmado por ambas partes (trabajador- empleador) estarías muy expuesto a demandas, ya que en caso de que tu empleada gane el mínimo, incluyendo este pago en especie, se podría asumir que estás entregando menos salario de lo estipulado por la ley, al no tener un acuerdo que lo avale. Por eso, esta también es una de las razones por las que desde Symplifica recomendamos ampliamente a nuestros clientes firmar un contrato físico con sus empleados del hogar.
Si ya tienes una relación laboral y esto no quedo en el contrato, nuestras sugerencias es que puedas hacer un OTRO SI del mismo y así dejar constancia del pago en especie.
¿Tienes más dudas respecto a la gestión de tus empleadas domésticas o trabajadores en finca de descanso? Podemos ayudarte a resolverlas, pues más de 13000 empleadas contratadas con todas las de ley nos confirman como los expertos en contratación, nómina y gestión en empleados del hogar.
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