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Permiso remunerado por votar para empleadas domésticas

Symplifica • 22 de marzo de 2022
Permiso remunerado

Este fin de semana se llevará a cabo la segunda vuelta presidencial en Colombia para elegir al próximo presidente durante el periodo 2022-2026. Como cualquier ciudadano colombiano, las empleadas domésticas y todos los trabajadores del hogar, tienen el deber de ejercer su derecho al voto y así mismo pueden tener una serie de beneficios que van desde tiempo remunerado, hasta descuentos en algunos establecimientos para todo aquel que presente su certificado electoral, aquí te contamos más…



¿Qué dice la ley al respecto? 


El artículo 3  de la Ley 403 de 1997, establece que: 


“El ciudadano tendrá derecho a media jornada (o medio día, como lo conocen algunos), de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector. Tal descanso compensatorio se disfrutará en el mes siguiente al día de la votación, de común acuerdo con el empleador”


Entonces…¿Debo otorgar este medio día a mi empleada? 


Si, así es. Si tu empleada doméstica, niñera o cualquier otro trabajador del hogar te lo solicita, debes pedirle su certificado electoral, el cuál es el que le da derecho para acceder a este beneficio. Después, deben coordinar una fecha que les quede bien a ambos y otorgar el tiempo de permiso.


¿Existe una fecha límite para que la empleada tome este día? 


Si, este día solo se podrá pedir el mes después de haber obtenido el certificado electoral. Es decir, los permisos de primera vuelta presidencial se podrán otorgar hasta el 29 de junio y los de segunda vuelta hasta el 19 julio de 2022.


¿Se pueden dar los permisos en un mismo día?


Como lo mencionamos anteriormente hasta la fecha están habilitados los permisos de primera vuelta presidencial y a partir del 19 de junio los de la segunda vuelta. Lo que quiere decir que tiene permiso de dos medias jornadas. 



Si como empleador es fácil dar un día completo para cumplir y otorgar las dos medias jornadas, lo puedes hacer. 

 

 

¿El día debe ser remunerado?


Si claro, la idea es que los trabajadores puedan descansar ese medio día y el empleador deberá pagar el día como cualquier otro día de trabajo. Aplica de la misma manera si se darán las dos medias jornadas en un mismo día, pagando el día completo al trabajador


¿Si la trabajadora fue jurado y votó, tendrá derecho a un día y medio de descanso?


Sí. De acuerdo con el Consejo Nacional Electoral se trata de dos aspectos diferentes: el primero, el descanso por la labor ejercida como jurado; y el segundo, un estímulo para todo ciudadano por el simple hecho de haber ejercido su derecho al voto. estos permisos deben ser remunerados para tu trabajadora.


Desde Symplifica te recomendamos compartir esta información con tu emplead@ del hogar, de esta manera estarás incentivando a que ejerzan este derecho y por supuesto seguirás el camino de construir un mejor país para todos.


Esperamos haber resuelto tus dudas alrededor de este tema. 


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