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Reforma pensional: Lo que deben saber como empleador

14 de agosto de 2024

La reciente aprobación de la reforma pensional en Colombia ha generado múltiples preguntas y expectativas entre empleadores y trabajadores. Esta reforma, que entrará en vigencia el 1 de julio de 2025, trae un sistema de pilares que afectará a todos los cotizantes, incluyendo a las empleadas domésticas y empleados de pequeñas y medianas empresas.


Para entender los cambios que trae la reforma pensional en Colombia, es importante entender que parte de cuatro pilares:


Los cuatro pilares de la reforma

La reforma establece cuatro pilares para el sistema de pensiones:

  1. Pilar Solidario: Destinado a los colombianos en situación de pobreza extrema y vulnerabilidad. Este pilar, financiado por el Presupuesto General de la Nación, asegura una renta básica para los adultos mayores que se encuentren en estas condiciones, así como para personas con discapacidad significativa.
  2. Pilar Semicontributivo: Incluye a aquellos que, al llegar a la edad de retiro (65 años para hombres y 60 años para mujeres), no cumplen con los requisitos para una pensión contributiva. También se considera a las personas dentro del Programa de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).
  3. Pilar Contributivo: Aquí se agrupan todos los trabajadores dependientes e independientes, servidores públicos y personas con capacidad de pago. Es importante para las empleadas domésticas y empleados de negocios, ya que todos aquellos con una relación laboral, ya sea con contrato escrito o verbal, pertenecerán a este pilar. La pensión se calculará sobre los últimos 10 años de cotización, similar al sistema actual de los cotizantes en Colpensiones.
  4. Pilar de Ahorro Voluntario: Para quienes desean complementar su pensión con ahorros adicionales. Estos ahorros son inembargables y ayudan a incrementar la pensión integral.

Puede ser de tu interés: ¿Puedo deducir los gastos que tengo con mi empleada en la declaración de renta?

Impacto para los empleadores 

Para los empleadores que gestionan la afiliación de sus trabajadoras domésticas a través de plataformas como Symplifica, es esencial entender que, bajo la nueva ley, No hay cambios significativos con el aporte que hacen actualmente, por lo que deberán seguir cotizando a pensión para sus empleados. La única diferencia es que, si al cumplir la edad de pensión el trabajado no solicita el trámite, el empleador podrá solicitarla en nombre del trabajador.

Para las trabajadoras domésticas, la mayoría se ubicará en el pilar contributivo, siempre y cuando sus empleadores realicen los aportes correspondientes. Además, los requisitos de cotización para la pensión de vejez no cambian: se mantienen en 1,000 semanas y la edad mínima es de 57 años para mujeres y 62 años para hombres.

Cambios Relevantes para las Mujeres

Uno de los aspectos más destacados de la reforma es la reducción gradual de semanas necesarias para las mujeres, comenzando con una disminución de 50 semanas en 2025. Además, se permitirá una reducción de hasta 150 semanas (50 por hijo, con un máximo de tres hijos).

¿Se puede escoger el fondo de pensiones?

Con la nueva reforma, no se podrá elegir libremente el régimen de pensiones. Todos los trabajadores con capacidad de pago deberán estar en el Pilar Contributivo, afiliándose a Colpensiones. Aquellos con ingresos superiores a 2.3 SMLMV podrán destinar sus aportes adicionales a una cuenta en un fondo privado, la elección será aleatoria si no se selecciona alguno con anticipación.


¿Qué sigue para los empleadores?

Es crucial que los empleadores se mantengan informados sobre las reglamentaciones específicas que se publicarán antes de la entrada en vigencia de la ley. En Symplifica, estamos comprometidos en mantener a nuestros clientes al tanto de todas las actualizaciones, asegurando una transición suave al nuevo sistema de pensiones.

Si tienes preguntas o inquietudes, no dudes en contactarnos. ¡Estamos aquí para ayudarte a navegar estos cambios y asegurar el bienestar de tus empleados!


30 de diciembre de 2024
Si tienes un negocio, emprendimiento o una pequeña empresa, probablemente te hayas preguntado alguna vez si estás obligado a entregar dotación laboral a tus empleados. Tal vez has escuchado algo al respecto, pero no tienes claro qué dice la ley ni cómo aplicarlo en tu empresa. ¡Tranquilo! Aquí te lo explicamos de manera sencilla para que tomes decisiones informadas y cumplas con tus obligaciones legales sin complicaciones. Desde Symplifica.biz , como expertos en la gestión laboral para pymes, queremos ayudarte a entender cómo funciona la dotación laboral en Colombia y cómo puedes manejar este aspecto con facilidad y profesionalismo. Primero, ¿qué es la dotación laboral? En palabras simples, la dotación laboral es el conjunto de elementos que un empleador debe entregar a sus empleados para que puedan desempeñar sus funciones de manera adecuada y segura. Esto incluye uniformes, zapatos y, en algunos casos, equipos de protección personal (EPP), dependiendo de las características del trabajo. No solo se trata de cumplir con una norma. Proveer dotación también mejora la imagen de tu negocio, fomenta la identidad de equipo y garantiza que tus empleados trabajen en condiciones óptimas. Puede ser de tu interés: ¿Cuántas horas extras pueden trabajar los empleados en diciembre? ¿Qué dice la ley colombiana? Según el Código Sustantivo del Trabajo , la dotación es un derecho para ciertos empleados que cumplan con estas condiciones: Salario igual o inferior a dos salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV): Solo los empleados que ganan hasta dos SMMLV tienen derecho a recibir dotación. Antigüedad mínima de tres meses: El trabajador debe haber completado al menos tres meses consecutivos de trabajo en tu empresa. Tipo de contrato: Aplica para contratos a término fijo, indefinido o de obra o labor, siempre que cumplan con los requisitos anteriores. ¿Y los trabajadores que ganan más de dos SMMLV? En estos casos, la dotación no es obligatoria, pero podrías considerar entregar uniformes de manera voluntaria para mantener una buena imagen de tu empresa y fortalecer la identidad del equipo. ¿Cuándo debo entregar la dotación? La ley es clara y específica: la dotación debe entregarse tres veces al año en estas fechas: Abril Agosto Diciembre Estas fechas están pensadas para cubrir las necesidades de tus empleados durante todo el año, así que asegúrate de planificar con tiempo.
24 de diciembre de 2024
¿Cuándo debo liquidar o indemnizar a la empleada doméstica? Como empleador, uno de los aspectos más importantes de la relación laboral con tu empleada doméstica, niñera o cuidador de adultos mayores es entender tus obligaciones al momento de finalizar el contrato. Es común confundir términos como liquidación e indemnización , pero cada uno tiene un propósito y se aplica en situaciones diferentes. Aquí te explicamos, de manera clara y sencilla, las diferencias y cuándo debes aplicar cada uno. 1. ¿Qué es la liquidación? La liquidación se refiere al pago de las prestaciones sociales acumuladas durante el tiempo que tu empleado trabajó contigo. Esto aplica siempre que el contrato laboral termine, sin importar la causa de la terminación. ¿Qué incluye la liquidación? Prima de servicios: Proporcional al tiempo trabajado en el semestre. Cesantías y sus intereses: Calculadas por el tiempo laborado. Vacaciones: Días acumulados no disfrutados. Salario pendiente: Si hay días trabajados que no han sido pagados. ¡Ojo! Todos estos valores anteriores son de saldos que se deban y no se hayan entregado aún. 
16 de diciembre de 2024
Diciembre no solo trae celebraciones, sino también obligaciones laborales importantes. Entre ellas, el pago de la prima de servicios , un derecho de todos los empleados en Colombia. Si tienes un negocio, emprendimiento o pyme, saber cómo calcular correctamente la prima es crucial para evitar errores y cumplir con la ley. En Symplifica.biz , entendemos que gestionar estas responsabilidades puede ser desafiante. Por eso, hemos preparado esta guía sencilla y práctica para que calcules la prima de tus empleados sin complicaciones. ¡Empecemos! ¿Qué es la prima de servicios y quiénes tienen derecho a ella? La prima de servicios es una prestación social que equivale a un mes de salario por cada año trabajado . Su objetivo es reconocer el esfuerzo de los empleados y compartir con ellos las utilidades generadas por el negocio. Según el Código Sustantivo del Trabajo , todos los empleados que estén vinculados a tu empresa mediante contrato de trabajo tienen derecho a recibir esta prima, sin importar si su contrato es a término fijo, indefinido o por obra o labor. ¿Cuándo se paga la prima de servicios? La prima se paga en dos partes: Primera mitad: A más tardar, el 30 de junio . Segunda mitad: Antes del 20 de diciembre . Si tu empleado no ha trabajado durante todo el año, no te preocupes, más adelante te explicamos cómo calcular la prima proporcional. Te puede interesar: ¿Puedo contratar un empleado por horas? Cálculo de la prima de servicios: paso a paso Calcular la prima no es tan complicado como parece. Aquí tienes un paso a paso que te ayudará: Define el salario base: Toma el salario mensual que el empleado ha recibido. Incluye el auxilio de transporte si su salario es igual o inferior a dos salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV). Determina el tiempo trabajado: Calcula el número de días que el empleado ha trabajado durante el semestre o el periodo correspondiente. Aplica la fórmula: La fórmula básica para calcular la prima es: (Salario mensual x Días trabajados) ÷ 360 Ejemplo: Si un empleado gana $1.200.000 y ha trabajado 180 días, el cálculo sería: ($1.200.000 x 180) ÷ 360 = $600.000 Esto significa que el empleado debe recibir $600.000 como prima de servicios.
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