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Beneficios extras que pueden mejorar la calidad de vida de tu trabajadora doméstica de la mano de Symplifica

Symplifica • Aug 13, 2021
trabajadora domestica

Desde Symplifica trabajamos día a día por mejorar la calidad de vida de los trabajadores del hogar, es por ello que uno de nuestros objetivos es buscar nuevos beneficios que brinden mejores oportunidades actuales y también que les brinden mejores condiciones en el futuro. Sigue leyendo el artículo para enterarte de las acciones que estamos tomando para lograrlo. 


Actualmente, seguimos buscando estrategias y alianzas que nos permitan cumplir nuestro objetivo y hoy queremos que las conozcas, pues nos parece importante que tomes en cuenta que al contratar con todas las de la ley a tu mano derecha en casa mediante nuestro servicio, no solo le estás brindando seguridad social a ella y a su familia, sino también, abres un camino de oportunidades en educación, salud, economía y hasta para su propio hogar. 


Podría interesarte: Transporte con seguridad para tus empleados domésticos  
https://blog.symplifica.com/contrato-transporte


Sabemos que esto es tan importante para ti como para nosotros, pues al elegirnos como el departamento de recursos humanos en tu hogar, nos estás demostrando el empleador ejemplar y empático que eres. 

A continuación, conoce todos los beneficios extra que podrás ofrecerle a tu empleada y su familia


1. Acceso a educación: Hemos visto que muchas empleadas aún no han terminado sus estudios básicos y las que ya lo han hecho, quisieran tener la oportunidad de seguir capacitándose. Basado en esto, realizamos  una alianza con KUEPA un centro educativo virtual con el que  empleadas tienen la oportunidad de terminar su bachillerato por ciclos (dos cursos en un año) o bien, realizar un curso para aprender inglés. Lo mejor es que al ser afiliadas Symplifica, pueden gozar del 20% de descuento en las mensualidades y matrícula. 

Este beneficio ha sido de gran interés por parte de la comunidad de empleadas y algunas ya están estudiando, sin embargo uno de los grandes problemas para ellas es la parte económica, por lo que te invitamos a unirte y patrocinar a tu empleada. 


2. Plan complementario de Salud: Este beneficio consiste en brindar mejoras al plan de salud que se cubre dentro de la seguridad social. Iniciamos con una primera alianza con Compensar, mediante el cual tu trabajadora podrá contar con acceso ilimitado a médico familiar o general, tendrá la oportunidad de acceder a 9 especialidades de manera directa y contar  con urgencias en línea las 24 horas.  Adicional tendrá habitación en caso de hospitalizaciones y atención domiciliaria por emergencias (3 al año), por un valor de $36.435


Si tu empleada cuenta con EPS y Caja de compensación familiar, puedes brindarle este beneficio extra, o si ella desea tomarlo directamente puede hacerlo y cancelarlo por medio del auxilio monetario que la misma caja le ofrece.  ¿Quieres saber más de este beneficio? Comunícate con nosotros y pregunta por el Plan Vital


3. Seguro para emergencias en casa: Sabemos que nadie está exento de tener una emergencia en casa y necesitar la ayuda de algún experto en el tema. Por eso mediante esta alianza con Fixit, tu empleada puede tener a su disposición el servicio de plomeros, electricistas, cerrajeros, asesorías en orientación educativa y asistencia médica. Dale una mano y por solo $9900 mensuales ofrece beneficios extra a tu empleada, que seguro te ayudarán a reforzar su relación laboral y la harán sentirse más feliz y afortunada de tenerte como empleador


4. Adelantos de salario: Es usual que en algunos momentos necesitemos mayor liquidez durante el mes y  sabemos que para cubrir estos impases en muchas ocasiones las trabajadoras acuden a prestamistas que suelen cobrar altas tasas de intereses, incluso tasas abusivas y por fuera de la ley. Para minimizar esto, desde Symplifica estamos  damos la opción de adelantar $100 mil pesos del salario a tu empleada doméstica, por lo cual no se cobran intereses y evitamos que sean víctimas de las malas prácticas financieras. Lo único que deben es recibir su salario por medio de Daviplata y pagar el valor de la transacción que es de $5950 


5. Bancarización para todos: Una de las principales razones por las que se puede dificultar el acceso a créditos y oportunidades financieras es la invisibilidad ante el sistema. Por eso como empleador puedes ayudar a tu trabajadora a acercarse por medio de soluciones como los monederos virtuales. Desde Symplifica puedes pagar el salario a tu trabajadora del hogar por DAVIPLATA, te contamos las principales ventajas: La aplicación no cobra cuota de manejo por su uso, si tu empleada es beneficiaria de Familias en Acción, Bogotá solidaria en Casa o de la devolución del IVA puede recibir su dinero en la aplicación, también puede pagar los servicios públicos, realizar recargas a desde su celular, se promueve el ahorro y no se expone al movilizar dinero.


En caso de necesitar efectivo, podrá sacar el dinero en cualquier cajero de Davivienda sin pagar ningún costo por la transacción. Para activar este servicio, solo debes enviar un correo a servicioalcliente@sympifica.com indicándonos que quieres pagar el salario por este medio y el número de teléfono con el cual tu empleada abrió la app Daviplata. 



Sabemos que poco a poco empezamos a dignificar la labor de las empleadas y la formalización laboral es un gran paso, ahora con estos nuevos beneficios esperamos llegar a un siguiente nivel, en donde dedicarse al sector doméstico también pueda significar tener beneficios extra a los que la ley indica. Si deseas brindar alguno de estos Beneficios extralegales a tu empleada diligencia este link -
https://forms.gle/jExNA3r7fSV3uAhr5- y el área encargada se pondrá en contacto contigo para brindarte toda la información y que empieces a llevar al siguiente nivel la relación con tu mano derecha en casa


Si aún no contratas a tu empleada con todo lo de ley, podemos ayudarte, llena el siguiente formulario para recibir una asesoría gratuita de parte de nuestros expertos en contratación y nómina para empleados del hogar. 


(Link formulario).

16 may., 2024
En el mundo empresarial, la gestión de la nómina es un aspecto crucial que no puede ser descuidado. Sin embargo, existen mitos comunes que pueden llevar a prácticas erróneas, como la creencia de que incluir a un empleado en la planilla, pero no afiliarlo es aceptable. En este artículo, desmentiremos esta idea y destacaremos los riesgos asociados con no afiliar a la seguridad social a los empleados desde el principio. También puede interesarte: Guía práctica para afiliar a los empleados de tu negocio a la seguridad social en Colombia Mito: Si incluyo a mi nuevo trabajador en la planilla y pago los aportes, no es necesario hacer ningún proceso ante las entidades.  Muchos empresarios caen en la trampa de pensar que al incluir a un empleado en la planilla de la empresa ya están cumpliendo con todas las obligaciones legales. Sin embargo, olvidan que siempre se debe hacer el proceso de afiliación a seguridad social y así evitar consecuencias graves tanto para el empleador como para el empleado. ¿Cuál es la diferencia entre la planilla y la afiliación a la seguridad social? Es importante entender la diferencia entre estos dos conceptos fundamentales en la gestión de recursos humanos: Planilla: La planilla es el registro que contiene la información sobre los aportes parafiscales y de seguridad social que la empresa debe pagar por cada uno de sus empleados mes a mes. Esta información es reportada periódicamente a las entidades encargadas de recaudar estos aportes, como la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y las Entidades Promotoras de Salud (EPS). Afiliación a la seguridad social: La afiliación a la seguridad social implica inscribir al empleado en el sistema de seguridad social del país correspondiente. Esto garantiza que el empleado esté cubierto por los beneficios de salud, pensiones y otras prestaciones sociales proporcionadas por el Estado o entidades privadas autorizadas. Como vez son cosas totalmente diferentes y complementarias, por lo que es necesario que siempre que tengas un empleado nuevo garantices que se realice el proceso de afiliación a seguridad socia y una vez el empleado este activo iniciar con el pago. Ten en cuenta que pagar los aportes sin la debida afiliación deja sin cobertura a tus trabajadores y te puede traer varios riesgos como empleador.
14 may., 2024
Al contratar a una empleada doméstica pueden surgir muchas situaciones, una de las más relevantes es un embarazo; pues existen muchas dudas al respecto, lo que se puede y no se puede hacer, etc. Nuestro deber es acompañarte en el proceso y brindarte la información que debes saber, por eso a continuación te compartiremos todo lo que debes tomar en cuenta para que estés seguro de cumplir con todo lo que exige la ley durante este período. Puede interesarte: ¿Cómo evitar demandas laborales al contratar empleadas domésticas? Una de las preguntas más frecuentes es ¿Puedo terminar la relación laboral con mi empleada? Por supuesto que no, en ningún caso, puedes dar por terminado el contrato de trabajo, así lo indica la ley en el a rtículo 4 3 de la Constitución Política de Colombia , en el cual se puede leer: “La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer n o podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado”. Además, lo vuelve a reforzar en el artículo 239 del código sustantivo del trabajo, donde enfatiza que: “Una empleada NO puede ser despedida en razón a su embarazo, por lo cual se entiende que el Estado protege y vela por el cuidado de la población femenina en estado de gestación.” ¡Mucho cuidado! Hacer caso omiso y despedir a tu empleada por esta razón podría significar demandas y acarrear indemnizaciones futuras, te recomendamos NO arriesgarte. Ahora, ¿Cuáles son mis obligaciones como empleador si me encuentro en esta situación? Bueno, uno de los puntos claves es asegurarte de que tu empleada del hogar está afiliada a una EPS, aunque para ser honestos, este es uno de los requerimientos con los que debes cumplir, aunque tu trabajadora no esté en etapa de gestación. Sin embargo, creemos que vale la pena mencionarlo, pues en este caso cobra muchísima más relevancia, ya que si ella no está afiliada a seguridad social, tú estarás obligado a asumir todos los gastos médicos que un embarazo conlleva, incluyendo la licencia de maternidad. ¡Eso no es todo! Si decides no cumplir con esta obligación, podrías verte expuesto a multas de hasta 500 salarios mínimos vigentes, según lo determine el gobierno. ¿Y la licencia de maternidad? ¡Excelente pregunta! Te explicamos: Según las leyes 235 y 236 del código sustantivo del trabajo, todas las trabajadoras en estado de embarazo deben recibir 18 semanas como licencia de maternidad. Además, nos gustaría agregar que en caso de un parto múltiple, la licencia corresponde a 20 semanas. Algunos tips que pueden ayudarte: Debes pagar la licencia de maternidad con base en el salario que gane tu trabajadora y en los tiempos establecidos en el contrato (quincenal o mensual). Para empleadas del servicio doméstico internas o de tiempo completo, la licencia se paga al 100% desde el primer día. Aunque tú pagas la licencia, es importante resaltar que la EPS en la cual está afiliada tu empleada debe hacerte el reembolso del 100%. Es tu deber realizar la solicitud de reembolso los primeros 30 días de haber iniciado la licencia. Y este será efectivo únicamente si hiciste aportes durante los 9 meses del embarazo. ¡Ojo! Información importante si tu empleada está contratada a término fijo… En este caso, es tu obligación renovar el contrato laboral, pues si la finalización del contrato está dada para terminar durante el período de embarazo o la licencia de maternidad, debes renovarlo por el mismo período del contrato anterior, tu empleada no puede pasar ni un solo día sin contrato de trabajo. ¿Las licencias remuneradas aplican para permisos? Si, es claro que tu empleada deberá asistir a citas médicas y controles frecuentemente, para estas ocasiones, puedes otorgarle licencias remuneradas. Recuerda que puedes reportar este tipo de novedades desde la app. ¿Cómo funcionan los permisos remunerados para lactancia? Recientemente, hubo una modificación en la ley 2306 del 2023 respecto a este tema, se estableció que: La trabajadora tiene derecho a dos descansos de 30 minutos cada uno para amamantar a su hijo durante los primeros seis meses. Así como a un descanso similar hasta los dos años si se mantiene la lactancia materna continua. IMPORTANTE : Si una trabajadora es despedida mientras disfruta de estos descansos, NO se asumirá automáticamente que el despido fue discriminatorio, en ese caso, si la trabajadora así lo decide, deberá probar que se trata de un despido por discriminación. ¿La información compartida aplica también para empleadas por días? Así es, a las empleadas por días, igual que a las empleadas de tiempo completo la ley también las protege, por lo cual no podrás despedirla o dejar que finalice su contrato, deberás permitirle asistir a sus citas médicas y controles por medio de licencias o permisos remunerados. La única variante para empleadas bajo esta modalidad de contratación es el tema de las incapacidades o licencias de maternidad, te explicamos: Por lo general las trabajadoras de tiempo parcial están afiliadas al SISBEN y este no reembolsa el dinero; nuestra recomendación es continuar con el pago de salario de tu empleada de manera normal durante la licencia de maternidad o incapacidades, pues aunque la ley no te obliga a reconocer estos pagos, no debes afectar el derecho al mínimo vital que tienen todos los trabajadores colombianos. Esperamos que este artículo sea muy útil para ti. Si estás en una situación similar, aplicar estos tips puede ahorrarte multas o demandas. ¿Tienes inquietudes adicionales o requieres una asesoría personalizada? Completa el siguiente formulario, uno de nuestros asesores expertos te contactará.
11 may., 2024
El embarazo es un momento emocionante en la vida de una mujer, pero también puede plantear desafíos tanto para la trabajadora como para la empresa En este artículo, exploraremos qué debes tener en cuenta como empleador cuando una trabajadora queda embarazada, desde sus derechos legales hasta las mejores prácticas para apoyarlas durante este período crucial. 1. ¿Como manejar a una trabajadora embarazada según la ley?: Es fundamental que estés familiarizado con la ley que cubre a las trabajadoras embarazadas. Esto puede incluir derechos a licencia por maternidad, protección contra la discriminación relacionada con el embarazo y el acceso a ajustes razonables en el lugar de trabajo. ¿Puedo despedir a una trabajadora en estado de embarazo? Así que arranquemos por el hecho de que en ningún caso puedes dar por terminado el contrato de trabajo, pues el artículo 43 de la Constitución Política de Colombia señala lo siguiente; “La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de este subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada. El Estado apoyará de manera especial a la mujer cabeza de familia”; refuerza además, en el artículo 239 del código sustantivo del trabajo; donde enfatiza que una empleada NO puede ser despedida en razón a su embarazo, por lo cual se entiende que el Estado protege y vela por cuidado de la población femenina en estado de gestación. Hacer caso omiso y despedir a tu empleada por esta razón podría significar demandas y acarrear indemnizaciones futuras. ¿Qué pasa si no tengo afiliada a la seguridad social a la trabajadora? Ten en cuenta también que la empleada debe estar afiliada a una EPS, este es uno de los requerimientos con los que debes cumplir, aunque tu empleada no esté en etapa de gestación; sin embargo, cuando esto ocurre, cobra muchísima más relevancia, pues según la ley; si ella no está afiliada a seguridad social, tú como empleador; estás obligado a asumir todos los gastos médicos que un embarazo con lleva, incluyendo la licencia de maternidad. Además, si decides no cumplir con esta obligación, podrías verte expuesto a pagar una sanción de hasta 500 salarios mínimos vigentes, según lo determine el gobierno.
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16 may., 2024
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14 may., 2024
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Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado”. Además, lo vuelve a reforzar en el artículo 239 del código sustantivo del trabajo, donde enfatiza que: “Una empleada NO puede ser despedida en razón a su embarazo, por lo cual se entiende que el Estado protege y vela por el cuidado de la población femenina en estado de gestación.” ¡Mucho cuidado! Hacer caso omiso y despedir a tu empleada por esta razón podría significar demandas y acarrear indemnizaciones futuras, te recomendamos NO arriesgarte. Ahora, ¿Cuáles son mis obligaciones como empleador si me encuentro en esta situación? Bueno, uno de los puntos claves es asegurarte de que tu empleada del hogar está afiliada a una EPS, aunque para ser honestos, este es uno de los requerimientos con los que debes cumplir, aunque tu trabajadora no esté en etapa de gestación. Sin embargo, creemos que vale la pena mencionarlo, pues en este caso cobra muchísima más relevancia, ya que si ella no está afiliada a seguridad social, tú estarás obligado a asumir todos los gastos médicos que un embarazo conlleva, incluyendo la licencia de maternidad. ¡Eso no es todo! Si decides no cumplir con esta obligación, podrías verte expuesto a multas de hasta 500 salarios mínimos vigentes, según lo determine el gobierno. ¿Y la licencia de maternidad? ¡Excelente pregunta! Te explicamos: Según las leyes 235 y 236 del código sustantivo del trabajo, todas las trabajadoras en estado de embarazo deben recibir 18 semanas como licencia de maternidad. Además, nos gustaría agregar que en caso de un parto múltiple, la licencia corresponde a 20 semanas. Algunos tips que pueden ayudarte: Debes pagar la licencia de maternidad con base en el salario que gane tu trabajadora y en los tiempos establecidos en el contrato (quincenal o mensual). 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Así es, a las empleadas por días, igual que a las empleadas de tiempo completo la ley también las protege, por lo cual no podrás despedirla o dejar que finalice su contrato, deberás permitirle asistir a sus citas médicas y controles por medio de licencias o permisos remunerados. La única variante para empleadas bajo esta modalidad de contratación es el tema de las incapacidades o licencias de maternidad, te explicamos: Por lo general las trabajadoras de tiempo parcial están afiliadas al SISBEN y este no reembolsa el dinero; nuestra recomendación es continuar con el pago de salario de tu empleada de manera normal durante la licencia de maternidad o incapacidades, pues aunque la ley no te obliga a reconocer estos pagos, no debes afectar el derecho al mínimo vital que tienen todos los trabajadores colombianos. Esperamos que este artículo sea muy útil para ti. Si estás en una situación similar, aplicar estos tips puede ahorrarte multas o demandas. ¿Tienes inquietudes adicionales o requieres una asesoría personalizada? Completa el siguiente formulario, uno de nuestros asesores expertos te contactará.
11 may., 2024
El embarazo es un momento emocionante en la vida de una mujer, pero también puede plantear desafíos tanto para la trabajadora como para la empresa En este artículo, exploraremos qué debes tener en cuenta como empleador cuando una trabajadora queda embarazada, desde sus derechos legales hasta las mejores prácticas para apoyarlas durante este período crucial. 1. ¿Como manejar a una trabajadora embarazada según la ley?: Es fundamental que estés familiarizado con la ley que cubre a las trabajadoras embarazadas. Esto puede incluir derechos a licencia por maternidad, protección contra la discriminación relacionada con el embarazo y el acceso a ajustes razonables en el lugar de trabajo. ¿Puedo despedir a una trabajadora en estado de embarazo? Así que arranquemos por el hecho de que en ningún caso puedes dar por terminado el contrato de trabajo, pues el artículo 43 de la Constitución Política de Colombia señala lo siguiente; “La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de este subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada. El Estado apoyará de manera especial a la mujer cabeza de familia”; refuerza además, en el artículo 239 del código sustantivo del trabajo; donde enfatiza que una empleada NO puede ser despedida en razón a su embarazo, por lo cual se entiende que el Estado protege y vela por cuidado de la población femenina en estado de gestación. Hacer caso omiso y despedir a tu empleada por esta razón podría significar demandas y acarrear indemnizaciones futuras. ¿Qué pasa si no tengo afiliada a la seguridad social a la trabajadora? Ten en cuenta también que la empleada debe estar afiliada a una EPS, este es uno de los requerimientos con los que debes cumplir, aunque tu empleada no esté en etapa de gestación; sin embargo, cuando esto ocurre, cobra muchísima más relevancia, pues según la ley; si ella no está afiliada a seguridad social, tú como empleador; estás obligado a asumir todos los gastos médicos que un embarazo con lleva, incluyendo la licencia de maternidad. Además, si decides no cumplir con esta obligación, podrías verte expuesto a pagar una sanción de hasta 500 salarios mínimos vigentes, según lo determine el gobierno.
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