Sabemos que una de las preguntas más frecuentes es el período de prueba para empleadas domésticas y por eso cuando se trata de cualquier aspecto de la relación laboral de ellas, somos fuente de referencia, pues más de 13 mil empleadas gestionadas con todas las de ley a través de Symplifica así lo confirman.
En nuestro camino como el departamento de recursos humanos de los hogares, notamos cierta desinformación respecto a las implicaciones laborales, específicamente en los períodos de prueba dependiendo el contrato de trabajo elegido.
Es por eso que en este artículo queremos contarte todo acerca del tema, pues este es el primer paso para iniciar la relación laboral con tu empleada del hogar con el pie derecho.
Lo primero es, tener claros algunos conceptos:
El período de prueba es el tiempo en el cual el empleador puede valorar las aptitudes de la trabajadora y su capacidad para desempeñar y cumplir con las funciones del cargo para el cual ha sido contratada. (artículo 76 del Código Sustantivo del Trabajo).
La respuesta es sí. El período de prueba para empleadas domésticas es válido, siempre y cuando se especifique dentro de un contrato escrito; en donde además se pactan las condiciones de trabajo, las actividades a desempeñar, el horario de trabajo, el salario mensual o por días para los empleados con esta modalidad.
Contrato a término fijo: Con el fin de evaluar las capacidades del trabajador, se puede incluir un período de prueba. En el caso de contratos menores a 1 año, no debe ser superior a la quinta parte de la duración de este. Para contratos de 12 meses, el tiempo total del período de prueba no debe ser superior a dos meses.
Contrato a término indefinido: Tiene como requisito el cumplimiento de un período de prueba para empleadas domésticas, este tiempo nunca será superior a dos meses y debe especificarse por escrito dentro del contrato de trabajo, así como especificar la duración del mismo.
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Es obligatorio que las afiliaciones a seguridad social se realicen a cada una de las entidades de seguridad social, desde el primer día laboral de la empleada. Independientemente de si se hará o no un retiro durante el período de prueba, desde el día uno debes cumplir con todo lo de ley, incluso sí dura muy poco la relación laboral con el empleador.
NO. La única forma de gozar con un período de prueba es que este se encuentre por escrito en un contrato laboral y firmado por ambas partes.
Por lo tanto, debes tener en cuenta que:
Conoce las justas causas por las que puedes dar por terminado un contrato de trabajo aquí.
En caso de que el empleador decida retirar a su empleada por período de prueba, debe realizar y pagar la liquidación correspondiente al empleado, además retirarlo de la seguridad social. Así se da por terminado el vínculo laboral entre las dos partes de manera correcta.
Sí, puede renunciar y la liquidación se realiza por motivo renuncia. Es importante que ella entregue una carta escrita y firmada expresando su renuncia cómo soporte de esta decisión.
¿Parece complicado administrar un trabajador del hogar? En algunas ocasiones lo es, pero con Symplifica hazlo fácil y sin complicaciones, con nuestra orientación y guía cumplirás tus obligaciones y vivirás tranquilo.
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