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Así funciona el Piso de Protección Social para Empleadas Domésticas

Symplifica • Feb 15, 2021

Recientemente el gobierno nacional declaró que todas las personas que mensualmente ganan menos de un salario mínimo legal vigente tendrán la opción de vincularse al Piso de Protección Social (PPS), creado en el Plan Nacional de Desarrollo y reglamentado por el decreto 1174 del 27 de agosto del 2020.


Es decir esto aplicaría para las empleadas domésticas que trabajan por días, medio tiempo o cualquier trabajador que devengue menos del SMLV ($908.526 al mes).


Según el DANE, en diciembre del 2020, se dio a conocer que el 48,6% de los trabajadores en Colombia, entre enero y octubre del año pasado, ganaba menos de un salario mínimo al mes.


Despejamos las principales dudas que evidenciamos en cuanto a esta nueva iniciativa: 


¿Qué es el piso de protección social?


Es un nuevo sistema paralelo al sistema de seguridad social, el cual tiene como objetivo dar una alternativa de ahorro similar a las pensiones a los trabajadores y aportantes que ganen menos del salario mínimo mensual, también incluirlos en un seguro inclusivo.

La salud debe seguir cubierta por el régimen subsidiado (SISBEN) o como beneficiario en alguna EPS.


Nos parece importante destacar que todo el mecanismo está regido y regulado por Colpensiones.


 ¿Desde cuándo entra en vigencia?


Entró en vigencia desde el 1 de febrero de 2021, sin embargo, mientras se regulariza, funcionará a la par del sistema actual, lo cual implica que si la empleada ya está afiliada a seguridad social, esta afiliación sigue vigente sin inconvenientes. 

Si la empleada aún no está afiliada podrá afiliarse por cualquiera de estas dos opciones, según las necesidades del empleador. 


 ¿A quiénes le aplica?


El nuevo decreto es obligatorio para todas las personas que tienen un contrato a tiempo parcial y medio tiempo, es decir que trabajen entre 1 y 4 días a la semana. En general para todos los empleados que ganen menos de 1 salario mínimo mensual legal vigente. 


¿Cómo funciona?


Cabe resaltar que no es un sistema de pensiones, funciona como una cuenta de ahorros, en la cual se van haciendo aportes ya sean obligatorios o voluntarios a una cuenta individual y al cumplir la edad de pensión, se puede retirar el dinero aportado, sumando además un 20% que da el gobierno como beneficio. 


Este dinero se dará de forma bimensual al trabajador y no es heredable por lo que el beneficio termina una vez fallece la persona.


¿Cuánto se aporta?


Existe un aporte único a cargo del empleador del 15% sobre el valor del salario. El valor mínimo a aportar es de $5.000. Por el momento no existe ningún tipo de deducción a los trabajadores.


Este porcentaje se desglosa de la siguiente manera:


  • 14%: Es el dinero que se consigna en la cuenta individual del trabajador.
  • 1%: El costo del seguro inclusivo. 
  •  El trabajador puede hacer aportes voluntarios cuando quiera.


Pongamos un ejemplo para entender con mayor claridad:


Un trabajador del hogar trabaja solo 10 días al mes, con un salario diario de $50.000, por lo que recibe $500.000 de sueldo mensual. 


  • Los aportes al Piso de Protección se realizan sobre el 15%
  • Pago empleador: $75.000 (15%)
  • Pago trabajador: $0 (0%)


 ¿Qué es el seguro inclusivo?


Esto funciona a modo de seguro de vida, el cual tiene cobertura por fallecimiento, enfermedades graves entre otros. Así como incentivos regulares para los afiliados. 


Es importante mencionar que NO actúa como una ARL, por lo que los gastos de enfermedades o accidentes laborales estarán a cargo del empleador. 


 ¿Qué pasa con ARL y caja de compensación?


Dado que este decreto es nuevo, no se han resuelto ciertos puntos importantes, por el momento este mecanismo no ha contemplado los aportes a caja de compensación y ARL, por lo que es muy probable que los porcentajes anteriores suban para incluir estas prestaciones.

Te invitamos a mantenerte atento a nuestros canales de comunicación, informaremos en cuanto se tenga información concreta respecto a este tema.


 ¿Qué pasa con los clientes que hoy aportan a seguridad social?


Por el momento los empleadores que ya tienen afiliada a su empleada con el sistema de seguridad social actual, pueden continuar realizando los aportes mensuales como hasta el momento, ya que estos mecanismos no compiten entre sí. En cuanto el gobierno de una directriz exacta, desde Symplifca estaremos orientando a nuestros clientes y brindando la asesoría pertinente. 


¿Cómo cambia esto la plataforma de Symplifica?


Por el momento no realizamos cambios ya que el régimen actual sigue siendo válido y aún hay muchas dudas en la implementación de este nuevo mecanismo. Sin embargo, estaremos trabajando en consolidar información y requerimientos para su implementación, pues haremos los ajustes pertinentes para continuar siendo el departamento de recursos humanos de tu hogares. 


¿Cómo se maneja esta nueva norma con el Decreto 2616 de 2013 con el que actualmente nos basamos para la gestión laboral de las empleadas por días?


Por el momento este decreto sigue con vigencia, siendo este modelo el de cotización por semanas y es el que seguiremos utilizando en Symplifica hasta nuevo aviso. En cuanto el gobierno expida más información y nuevas directrices, ten por seguro que las acataremos y estaremos informando si esto tendrá modificaciones en nuestro servicio y cómo deberás actuar para seguir siendo el empleador responsable que eres.


¿Puedo afiliar a mi trabajadora en esta nueva normativa por medio de Symplifica?


Claro, si estás a punto de contratar o ya tienes una empleada doméstica, niñera, cuidador de adulto mayor o enfermera en casa, puedes continuar con tu proceso en Symplifica, afiliaremos al sistema de seguridad social a tu trabajadora bajo el modelo de cotización por semanas a través del decreto 2616 de 2013. que te garantiza estar cotizando a pensión y entregando ARL y Caja de compensación familiar. 


Esperamos que con estos nuevos proyectos que se están trabajando por parte del gobierno nacional cada vez más empleadas del hogar puedan contar con los beneficios de la formalización laboral. 


Si quieres asesorarte acerca de esta nueva ley, o bien, te interesa dejar esto en manos de expertos en contratación y nómina para empleados del hogar, rellena el siguiente formulario y te brindaremos una asesoría personalizada según tu caso particular. 


16 abr., 2024
El subsidio de vivienda es uno de los beneficios más importantes para todo colombiano, pues ¿Quién no tiene el sueño de tener una casa propia? Justo aquí se vuelve evidente la importancia de afiliar a las empleadas del hogar no solo a EPS y a ARL, sino también a la caja de compensación familiar, pues al brindar el acceso a estas oportunidades, se mejora la calidad de vida de las trabajadoras y claro, a su vez los miembros de su familia también son beneficiarios. Sabemos que entender el procedimiento para solicitar este subsidio, puede ser complicado para las trabajadoras, por eso queremos compartirte a detalle los requisitos que se deben seguir. Nos enfocaremos en las cajas de compensación que son más comunes: COMFANDI, Colsubsidio y Compensar. Te podría interesar: ¿Cómo evitar demandas laborales al contratar empleadas domésticas? ¿Cómo se puede acceder al subsidio de vivienda de COMFANDI? Primero debes revisar que cumplas con los requisitos necesarios para poder solicitar el subsidio, algunos de ellos son: Ser trabajador afiliado a Comfandi Tener un grupo familiar conformado por una o más personas, el cual debe tener ingresos iguales o inferiores a 4 SMMLV. Ninguno de los miembros del hogar postulante puede haber sido beneficiario de subsidio familiar de vivienda ni ser propietario de vivienda. Ahora, se deben reunir los documentos que solicita la caja de compensación familiar, entre los cuales están: Fotocopia de la cédula de ciudadanía de todos los miembros del hogar mayores de edad, ampliada al 150%. Certificación laboral / ingresos, vigencia 90 días, debidamente firmada y en hoja con membrete. Certificado médico que acredite la discapacidad física o mental de alguno de los miembros del hogar, si lo hubiera. Posteriormente, se debe diligenciar el formulario de postulación al Subsidio Familiar de Vivienda. ¡Y listo! Ya solamente te queda esperar para saber si la solicitud fue aprobada o no. Para conocer más detalles, haz clic aquí. 2. ¿Cuáles son los pasos a seguir para acceder al subsidio de vivienda en COMPENSAR? Lo primero que se debe hacer es actualizar los datos personales del solicitante (estado civil, grupo familiar y datos de contacto como correo electrónico y celular). Registrar el correo electrónico de cada integrante del grupo familiar mayores de 18 años para que firmen el formulario de postulación. Después de diligenciar el formulario y adjuntar los documentos solicitados, a través del correo se indicará si los documentos están correctos y el plazo en el que se dará respuesta. Si los documentos e información son radicados exitosamente, se enviará al correo electrónico el formulario de postulación, el cual deberá ser firmado electrónicamente en un plazo máximo de 3 días hábiles. Después de recibir la carta de aprobación, la empleada solicitante podrá usar el subsidio en la compra de vivienda de interés social. Para mayor información, da clic aquí. 3.Y por último, ¿Cómo se puede solicitar este subsidio en COLSUBSIDIO? Primero, la empleada deberá asegurarse de que cumple con los requisitos necesarios para la postulación, entre ellos están: Ser empleado aportante. No ser propietario o poseedor de vivienda en el territorio nacional. No percibir ingresos familiares superiores a cuatro salarios mínimos mensuales legales vigentes. Se deben reunir los documentos necesarios para la postulación, esto depende del tipo de aportante que sea, para conocer estos requisitos, da clic aquí. Se debe diligenciar el formulario virtual. Por último, la empleada debe esperar a que la caja de compensación familiar le brinde una respuesta.  Es claro que cada entidad tiene su proceso individual, sin embargo, son muy parecidos, para hacer un resumen general, lo primero es entender si se cumplen con los requisitos que se solicitan, después se reúnen los documentos necesarios, se llena un formulario de postulación y por último se debe esperar la respuesta. De cualquier manera, te compartimos los links específicos de cada caja para que puedas consultar la información a detalle. Ojalá que esté artículo, te ayude a brindarle claridad a tu empleada acerca del proceso. Si aún no gestionas a tu mano derecha en casa a través de Symplifica seguro pudiste notar que no solo somos una app que puede hacer las afiliaciones a seguridad social por ti, también somos un acompañante que te ayuda a entender cada proceso relacionado con mejorar la calidad de vida de tu trabajadora. ¿Qué esperas para dejar esos trámites en manos de los expertos? Completa el formulario y goza de una asesoría gratuita.
08 abr., 2024
Se acerca abril y con él, la entrega de dotaciones a las empleadas del hogar, así que en este artículo te contaremos todo acerca de este tema. Comencemos entendiendo: ¿Qué son las dotaciones? Las dotaciones son una prestación de ley que garantiza la entrega de vestimenta apropiada por parte del jefe del hogar y debe ser acorde a la función que desempeña la trabajadora. En este caso, estamos hablando de empleadas domésticas, niñeras, enfermeras o cuidadores de adulto mayor, por lo que debe tratarse de un uniforme que brinde la comodidad suficiente para realizar las labores del cargo a desempeñar. Tal vez quieras leer: 5 Tips para contratar una empleada doméstica por días ¿Qué dice la ley? ¿Cómo debe ser entregada esta prestación? De acuerdo al artículo 230 del código sustantivo del trabajo, la dotación debe ser entregada a empleados que han estado a su servicio por un periodo igual o mayor a 3 meses y no devengan más de dos salarios mínimo; en el caso de trabajadores que ganan montos superiores la entrega es voluntaria por parte del empleador. Y ahora: ¿Qué elementos componen una dotación laboral? Debes asegurarte de brindar una blusa y/o camisa, pantalón y zapatos. No te olvides de verificar que estas prendas sean útiles en el día a día y acorde a las actividades que debe desempeñar. Es decir, que sean uniformes para empleada doméstica, niñera, cuidador de adulto mayor o de finca, según sea el caso. ¡Alto! ¿Es decir, la empleada debe usar el uniforme todo el tiempo? La ley no hace hincapié en este punto; sin embargo, nosotros te recomendamos que si sea así, pues además de que esto la hará sentir más profesional en lo que hace, también estará cómoda y dejará su ropa para ocasiones especiales, pues tendrá la seguridad de que está usando uniformes para trabajar. ¿Debo dejar constancia de la entrega de la dotación en algún documento físico? ¡Si!, Debes dejar constancia de la entrega en algún documento físico. Esto es muy importante, la legalización de las dotaciones debe realizarse mediante un documento escrito, debe ser firmado por ambas partes al momento de la recepción del uniforme. ¡Muy importante! ¿Cuándo debe ser entregada la dotación? Se entrega máximo, en estos tres momentos del año: 30 de abril (Prepárate, porque está a la vuelta de la esquina). 31 de agosto 20 de diciembre ¿Hay multas por no cumplir con la entrega de dotaciones? ¡Sí! De no cumplir con la entrega de este elemento de trabajo, te puedes hacer acreedor a multas equivalentes de hasta cinco mil salarios mínimos mensuales vigentes según la gravedad de la infracción. ¿Para qué arriesgarte, no? Si tienes alguna duda relacionada con la gestión de empleados domésticos; como por ejemplo: ¿Cuáles son las prestaciones que debes pagar? ¿Qué implica contratar correctamente a tu empleada del hogar? No dudes en consultar con nuestros expertos en contratación y nómina para empleados del hogar, puedes completar el siguiente formulario y uno de nuestros asesores expertos se comunicará contigo para brindarte toda la información que necesitas. Toma en cuenta que no solo los empleados del hogar deben ser gestionados como indica la ley, sino también los trabajadores para negocios o empresas, si necesitas ayuda para afiliarlos, también podemos ayudarte. Conoce la información aquí .
08 abr., 2024
Cuando hablamos acerca de la gestión laboral de la empleada doméstica, existen algunos cambios significativos; uno de ellos es la reducción de jornada laboral. En este artículo compartiremos contigo de qué se trata este cambio, haciendo un especial énfasis en las empleadas internas, es decir, aquellas que viven en el lugar donde prestan sus labores. Comencemos… ¿En qué consiste la reducción laboral? Vamos por partes, en un principio, a través de la ley 2101 de 2021 se anunció la reducción de la jornada laboral para todos los trabajadores en Colombia. Fue en el artículo dos de la ley 2101 de 2021 que modificó el artículo 161 del CST reduciendo la jornada laboral a 42 horas, esto incluía a las empleadas de servicios domésticos, p ero NO mencionaba a las trabajadoras del hogar internas. ¿Qué pasó después? La corte constitucional analizó una demanda en la que se alegaba que la ley mencionada anteriormente NO incluía a las empleadas domésticas internas. Este acto fue calificado como discriminatorio, pues estaba excluyendo a las trabajadoras que residen en su lugar de trabajo, la Corte Constitucional, a través de la Sentencia C-372 de 1998, indicaba que debían trabajar 10 horas diarias. Te puede interesar: ¿Cómo contratar a una empleada interna este 2024? ¿Y entonces? Por ese motivo, la Corte Constitucional C 507 DE 2023 se enfocó en analizar la situación expuesta y finalmente se reconoció que las empleadas del hogar internas también debían tener derecho a una reducción laboral, por lo que la sala plena anunció que el servicio doméstico interno se reducirá de 60 a 52,5 horas semanales. Ahora… ¿Desde cuándo empezó a aplicar la reducción de jornada de trabajo para empleadas domésticas internas ? El cambio se irá haciendo gradualmente, a continuación te contamos cómo funciona:: Desde el 15 de julio del 2023: Se reducen 1.25 horas semanales, quedando en 58.75 Desde el 15 de julio del 2024: Se reducen 1.25 horas semanales, quedando en 57.5 Desde el 15 de julio del 2025: Se reducen 2.5 horas semanales, quedando en 55 Desde el 15 de julio del 2026: Se reducen 2.5 horas semanales, quedando en 52.5 ¿Qué? ¿Entonces la primera reducción ya pasó? Así es, el primer ajuste se debió realizar desde el 15 de julio del 2023, así que si actualmente tienes contratada a una empleada del hogar como interna y aún no aplicas este cambio, te recomendamos empezar a acogerte a lo que dicta la ley. Y ahora… ¿Qué pasa si no empiezo a aplicar los ajustes? Si la trabajadora supera más de las 58.75 horas a la semana, tú deberás reconocer el pago de las horas extras. Toma en cuenta que tu empleada no podrá trabajar más de dos horas extras diarias . ¡Mucho ojo! Pues en caso de no cumplas con el pago de horas extras, la trabajadora podrá dirigirse al ministerio del trabajo. Como te pudiste dar cuenta, este es un cambio significativo para el sector doméstico, así que como siempre, nuestra recomendación es que te asegures de cumplir con la legalidad, de esta manera no correrás ningún tipo de riesgo.  Si no tienes el tiempo suficiente para mantenerte actualizado acerca de estos temas, recuerda que existe Symplifica Hogares: Somos expertos en contratación y nómina para empleadas del hogar. Si quieres hablar con uno de nuestros asesores, llena el siguiente formulario para recibir una cotización completamente gratis.
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